BOLETÍN OFICIAL Nº 79 ANEXO – 12/07/21

DECRETO Nº 3047-S/2021.-

EXPTE Nº 700-294/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ABR. 2021.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 2535-S/2020; y.

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado acto, se otorgó con carácter excepcional a partir del 1° de Diciembre de 2020 y por el termino de seis meses, una asignación estimulo no remunerativa y no bonificable, denominada “BONO COVID-19”.

Que, ante el mantenimiento de la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica, el personal dependiente del Ministerio de Salud, considerado. esencial en el marco de la pandemia por coronavirus, continúa en la primera linea de lucha contra el virus SARS-COV-2, procurando garantizar una efectiva contención y asistencia de la población, reduciendo el impacto sanitario, social y económico.

Que, la Ley N°4307 autoriza al Poder Ejecutivo a establecer la politica salarial de la Administración Publica Provincial, organismos centralizados, descentralizados, fijando y reajustando remuneraciones en general.

 

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese el incremento del cincuenta por ciento (50%) de la asignación estimulo no remunerativa y no bonificable, denominada “BONO COVID-19”, al personal dependiente y fuera de escala hasta Directores de Hospitales, del Ministerio de Salud y personal del Instituto de Seguros de Jujuy, a partir del 1° de marzo del 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTÍCULO 2°.- Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar la , creación, modificación, transferencia y afectaciones presupuestarias necesarias.‑

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR