BOLETÍN OFICIAL Nº 79 ANEXO – 12/07/21
EXPTE. Nº 700-68/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 SET. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dejase sin efecto el artículo 2° del Decreto N° 528-S-2020, de fecha 17 de febrero de 2020, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, cumplido siga sucesivamente para conocimiento de Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR