BOLETÍN OFICIAL Nº 77 ANEXO – 05/07/21
EXPTE Nº 246-1-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy”, dependiente de la Jurisdicción “G” Organismo Descentralizados, como se detalla a continuación:
CREÁSE:
PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – Ley N° 4413
CARGO
4 1 2 2 |
CATEGORÍA
A-1 B-1 5 3 |
ARTÍCULO 2°.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a la Licenciada en Trabajo Social MALDONADO, Virginia Alejandra, CUIL N° 27-307664491-1, a partir de la fecha del presente Decreto. –
ARTICULO 3°.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al Abogado GONZALEZ, José Antonio, CUIL N° 23-26385806-9, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 4°.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a la Arquitecta MEALLA, Andrea Celeste, CUIL N° 27-31036555-1, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 5°.- Desígnese en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G’ Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a la Ingeniera Civil ORTIZ, Viviana Alejandra, CUIL N° 27-20811513-3, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 6°.- Desígnese en el cargo Categoría B-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al Licenciado en Sistemas GONZALEZ, Pedro René CUIL N° 20-27783983-1, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 7°.- Desígnese en el cargo Categoría 5, Agrupamiento Técnico, Personal del Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al señor ARAMAYO, José Ariel CUIL N° 23-29527874-9, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 8°.- Desígnese en el cargo Categoría 5, Agrupamiento Técnico, Personal del Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G’ Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al señor BELAZQUEZ, Rubén Pedro CUIL N° 20-24790988-6, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 9°.- Desígnese en el cago Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal el Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción’ “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al señor AGOSTINI, Antonio Alberto CUIL N° 20-25954988-6 a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 10°.- Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal de Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, Unidad de Organización “2” Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy al señor PEDETTI, Pablo Agustín CUIL N° 20-34061297-4, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTÍCULO 11°.- Lo dispuesto en este presente Decreto se atenderá con la siguiente partida, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6213- Ejercicio 2021:
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN:
FINALIDAD: FUNCIÓN: Sección: Sector: Partida Pcpal.. Partida Parcial: |
G2
4 2 1.0.0.0.0.0. 1.1.0.0.0.0. 1.1.1.0.0.0 1.1.1.5.0.0. |
INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY
BIENESTAR SOCIAL VIVIENDA Y URBANISMO EROGACIONES CORRIENTES OPERACIÓN PERSONAL PLANTA PERMANENTE- CON RECURSOS PROPIOS |
ARTICULO 12º.- Téngase por resueltos los contratos de Locación de Servidos suscriptos oportunamente entre el Estado Provincial y los agentes que se encuentran comprendidos en el presente Decreto.-
ARTICULO 13°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 14°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese (en forma sintética) en Boletín Oficial y, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal e Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR