BOLETÍN OFICIAL Nº 76 ANEXO – 02/07/21

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA Nº 42/2021.-

Ref.: Programa Formativo de Empleo Joven (Iniciada por los Concejales Amanda López, Marcelo Cobos, Marta López y Arsenio Alarcón).-

VISTO:

La amplia oferta de cursos de capacitación y de formación profesional con que la Municipalidad de Puesto Viejo cuenta y cuyo objetivo es el mejoramiento de las condiciones de empleabilidad de sus receptores.

La falta de coordinación entre las áreas que dictan  cursos mencionados y, consecuentemente, la dispersión del esfuerzo que el estado municipal realiza para afrontar la reincorporación de ciudadanos y ciudadanas al mercado formal de empleos.

Y CONSIDERANDO:

Que, en las últimas décadas nuestro país asisti6 a un fenómeno que, más allá de desaciertos del orden político interno, se profundizo en el marco de  procesos de globalización económica y revolución tecnológica: el crecimiento del desempleo y sus consecuencias sobre el tejido económico,  social y la estructura familiar y psíquica en crecientes franjas de la sociedad. De ahí que el empleo deba convertirse en un objetivo de la política de Estado que permita superar la paradoja del crecimiento económico con ascendentes índices de segmentación y miseria social.

Que, dada la naturaleza de la problemática, esta involucra a todos los actores sociales, quienes deben participar activamente en la formulación y puesta en marcha de políticas concertadas y coordinadas.

Que, es necesario profundizar todas las estrategias a nuestro alcance para enfrentar la situación de desempleo que afecta a un considerable número de personas en situación de vulnerabilidad social, consolidando las acciones en ejecución y creando nuevas herramientas para la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de las mismas.

Que, en medio de la presente crisis de expectativas por la que atraviesa el mercado laboral, es menester una actitud pro activa por parte del estado, a fin de prever todos los mecanismos posible para amortiguar los efectos negativos de la misma, brindando apoyo a los trabajadores desocupados en la búsqueda de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en su inserción laboral. Para lo que es necesario el diseño e implementación de un conjunto de herramientas e incentivos para la promoción del empleo y la inserción laboral de trabajadores desocupados y para el autoempleo.

Que, también el periodo de crisis puede ofrecer oportunidades si se lo capitaliza en el sentido de mejorar el esfuerzo que el Estado Municipal viene realizando en la materia, centralizando la información, articulando las eras involucradas y ordenando la oferta de capacitación para que la misma tenga capacidad de respuesta a las demandas del mercado laboral. Esto generaría un mismo aprovechamiento de los recursos públicos y una implementación más eficientes del proceso de capacitación.

Que, en la actualidad se registra una evidente superposición de temáticas y contenidos en los cursos y capacitaciones que se ofrecen y la tercerización del dictado de los cursos genera situaciones dispares en lo referido a los costos y a su duración, lo que provoca en muchas oportunidades confusión y hasta desconfianza en los beneficios que estas capacitaciones podrían reportar.

Que, las acciones de difusión, convocatoria e inscripción a los cursos se ejecutan de manera desarticulada y en distintos ámbitos y fechas, llegando a acontecer que se organicen cursos desde diferentes reparticiones municipales dirigidos a una misma población, con el consecuente desaprovechamiento de recursos técnicos y financieros, recursos escasos en épocas de crisis.

Que, en muchos casos, la brecha entre los objetivos de la mencionada capacitación y los requerimientos del mercado de trabajo no contribuye a la inserción laboral de las personas, debilitando las potencialidades del esfuerzo público en la materia.

Por Ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUESTO VIEJO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1º.- Registro: Crease la “Programa Formativo de Empleo Joven, la que funcionara como articuladora intersectorial de la política de Capacitación, formación profesional y mejora de la empleabilidad juvenil que la Municipalidad de Puesto Viejo destina a la comunidad juvenil de la ciudad.-

Art. 2º.- Autoridad de aplicación: La Oficina de Empleo de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Art. 3º- Objetivos: a) Coordinar la concepción, diseño, ejecución y evaluación de la política de capacitación y formación profesional de la Municipalidad de Puesto Viejo.- b) Articular los objetivos específicos de capacitación en oficios de las áreas involucradas, en función de articular la empleabilidad a jóvenes de entre 17 a 25 años.- c) Definir la oferta de cursos de capacitación en base a los diagnósticos de demanda laboral disponibles a tal fin.- d) Priorizar técnicamente el dictado de los cursos con mayor impacto en la calificación laboral demandada por el mercado.- e) Garantizar la aplicación de la perspectiva de género y estrategias compensatorias en las acciones de capacitación.-

Art. 4º.- Funciones: a) Convocar a los representantes de las reparticiones municipales de todas las secretarias con competencia en capacitación, a una mesa de planificación integral del conjunto de acciones de capacitación a dictarse anualmente.- b) Reunir a organizaciones nacionales, provinciales, gremiales y empresariales para la elaboración y ejecución de la política de capacitación.- c) Elaborar el plan integral de capacitación y formación profesional del municipio orientado a jóvenes de entre 17 a 25 años.- d) Conformar un registro de capacitación con los datos de las instituciones capacitadoras, cursos que dictan, infraestructura disponible además de un sistema de información de las personas que se inscriben, aprueban y desisten.- e) Prever y presupuestar las necesidades de recursos humanos, materiales, técnicos y Financieros de las acciones contempladas en el programa.- f) Elaborar procedimientos operativos para asignar responsabilidades entre los actores que constituyen el Programa.- g) Gestionar la implementación de las acciones formativas, previendo sus requerimientos presupuestarios, técnicos y administrativos.- h) Organizar reuniones periódicas de seguimiento y evaluación del proceso de capacitación.-

Art. 5.- Crease el Registro Municipal de Capacitación, en el que de manera obligatoria deberán estar registrados todos los cursos, talleres, seminarios, jornadas, etc., que se lleven a cabo en todas la áreas, direcciones y secretarias de la Municipalidad de Puesto Viejo.- En este Registro, además, se buscará recopilar toda la información pertinente a la oferta privada en capacitación laboral.-

Art. 6º.- Comuníquese, archívese y publíquese.-

Sala de Sesiones, 11 de Junio de 2021.-

 

Lic. María Amanda López.-

Presidente.-