BOLETÍN OFICIAL Nº 75 ANEXO – 30/06/21
DECRETO Nº 1609-G-2021.-
Ciudad Perico, 17 de Mayo de 2021.-
VISTO:
La Ordenanza N° 1485 /2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 20/05/2021;
CONSIDERANDO:
Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1485 /2021, mediante la cual se dispuso la implementación de DIFUSION DE LENGUAJE INCLUSIVO que permite a la comunidad sorda acceder al conocimiento y a la información en la vía pública, a su vez permite a la sociedad en general familiarizarse con el código lingüístico NO VERBAL. Es por ello que se procederá a pintarse paredes públicas, plazas, plazoletas y polideportivos con ilustraciones y señas de L.S.A A si mismo se necesitará de la colaboración de escuelas, centros vecinales, asociaciones, clubes, etc. para la implementación de pinturas ilustrativas en dichas propiedades.
Que, conforme lo establecido por el Art, 67 Inc. 23 de la COM, es facultad del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 2 y cc.) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promúlguese la Ordenanza N’1485 /2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 20 /05/2021.-
ARTICULO 2.- Comuníquese y remítase copia del presente Decreto y de la Ordenanza promulgada a la Secretaria de Gobierno, Coordinación de Cultura, Dirección de Instituciones Intermedias y Área de Discapacidad Municipal a los efectos correspondientes.-
ARTICULO 2.- Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente