BOLETÍN OFICIAL Nº 71 ANEXO – 18/06/21
EXPTE. Nº 766-416/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Humano a imputar la erogación derivada del Expediente N° 766-416/2019, caratulado: “Deuda Pública Comedores Escolares de Pago al 31/12/2018”, a la Jurisdicción “L” Deuda Pública – Partida 15-1-26-3-10 para Pago de Obligaciones No comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2021 (Ley N° 6113), cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir con la aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes, por hasta la suma de pesos veintiséis millones nueve mil cuatrocientos treinta y siete con noventa y un centavos ($26.009.437,91); de conformidad a las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos.-
CPN GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR