BOLETÍN OFICIAL Nº 71 ANEXO – 18/06/21
EXPTE. Nº 700-278/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2021.-
VISTO:
Los Decretos N° 2.729-S-2021, N° 2.771-S-2021; y,
CONSIDERANDO:
Que los mencionados Decretos, fueron dictados con la finalidad de evitar la vulneración de órdenes de prioridad garantizando criterios de segmentación definidos por el ‘Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina” instituido por Resolución Nacional N° 2.883/2020, que decide los programas implementados por la Mesa de Trabajo del Plan de Vacunación contra el Covid-19 en la Provincia de Jujuy.
Que resulta pertinente evitar confusiones o erróneas interpretaciones, para asegurar el acceso progresivo a la vacunación de grupos considerados de riesgo, máxime comprometido en actividades esenciales.
Por lo expuesto, en uso de facultades propias,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjanse sin efecto los Decretos N° 2729-S-2021 y N° 2771-S-2021, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma íntegra, y a la Secretaría de Comunicación y gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento a los Ministerios de Gobierno .y Justicia, Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Desarrollo Humano; Educación; Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo; Ambiente, y de Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud para demás efectos.-
CPN GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR