BOLETÍN OFICIAL Nº 71 ANEXO – 18/06/21
EXPTE. Nº 0300-255/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ABRA PAMPA” con asiento en la Ciudad de Abra Pampa (Departamento Cochinoca), y apruébase su Estatuto Social que consta de cuarenta y ocho (48) Artículos, que como Escritura Pública N° 178/2020 del Registro Notarial N° 48 de la Provincia de Jujuy corre agregado en fs. 81 a 90 de autos.-
ARTICULO 2°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
CPN GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR