BOLETÍN OFICIAL Nº 68 ANEXO – 11/06/21

CONCEJO DELIBERANTE

MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENANZA Nº 1478/2021.-

REF.: “CARTELERIA DE TRANSITO”. Expte. N° 10.153/21. Inic., por Cjal. Federico Manente.

VISTO:

El Art. 133 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Perico.

CONSIDERANDO:

Que, el ciclismo es una excelente manera de disfrutar de la naturaleza y de la posibilidad de conocer circuitos y senderos, siendo un deporte ideal para hacer en familia.-

Que, la bicicleta es un medio de transporte utilizado por muchos habitantes de los distritos para el traslado a sus labores cotidianas o los chicos a la escuela. Durante los trayectos en ruta, el peor de los casos es sufrir una caída desde la bicicleta, puesto esta situación conlleva un riesgo real y elevado de posible atropello.-

Que, el uso de bicicleta fortalece a la persona física y mentalmente; el pedaleo quema calorías y es beneficioso para el corazón; tonifica los músculos de las piernas, como los cuádriceps o los isquiotibiales; fortalece la zona lumbar, refuerza las rodillas y previene lesiones en esta zona; este ejercicio reduce en gran medida el estrés, además de ahorrar y cuidar el medio ambiente.-

Que, es necesaria la colocación de carteles de concientización sobre la distancia que deben mantener los vehículos, tanto de pequeño porte como de gran porte, al pasar a ciclistas a fin de brindarles mayor seguridad vial. El objetivo es que todo quien circule en vehículo tome conciencia sobre la distancia que debe tener el sobrepaso de la bicicleta, que es de 1 metro 50, de la izquierda del ciclista hacia el centro de la calzada, para evitar accidentes y resguardar la vida de los deportistas.-

Que, el uso de la bicicleta como medio de transporte crece en todo el mundo debido a que es económico, ecológico y saludable. Sin embargo, la infraestructura vial que tenemos fue pensada solo para facilitar la circulación de vehículos motorizados, por lo que tanto el peatón, como el ciclista están en desventaja como usuarios. Esta inequidad vial aumenta la sensación de inseguridad que produce la vulnerabilidad real de estos grupos debido a la inferioridad en velocidad de desplazamiento, masa y sistemas de seguridad con respecto a los automóviles.-

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA:

Artículo 1°: Señalizar con cartelería de transito el espacio mínimo reglamentario de 1,5m de distancia que debe mantenerse para adelantamiento a ciclistas de parte de los vehículos automotores.-

Artículo 2°: Que dicha señalización preventiva debe realizarse en cartelería o en diseño pintado en el piso con la forma de bicicletas en el espacio de 1,5 metros.-

Artículo 3°: Señalizar con dicha cartelería el tramo desde la ruta Perico – Santo Domingo y desde la Feria Mayorista hasta la casilla de control ubicada en el ingreso de nuestra Ciudad.

Artículo 4°: Determinar las principales vías de uso ciclista para comenzar a señalarlas dando prioridad según uso, riesgo y transitabilidad.-

Artículo 5°: REMÍTASE al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese, comuníquese. Cumplido. Archívese.-

 

SALA DE SESIONES, 28 DE ABRIL DE 2.021

Walter R. Cardozo

Presidente