BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 07/05/21
RESOLUCION Nº 00094-MS/2021.-
EXPTE. Nº 1400-159/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 MAYO 2021.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se inicia el Procedimiento de Venta en Pública Subasta de móviles policiales dados de baja; y
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto N° 2614-MS/2021, el Gobernador de la Provincia, autoriza a la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad a la realización del Remate Público de Móviles Policiales dados de baja, consistente en ciento doce (112) moto vehículos, ciento sesenta y tres (163) automotores y setenta y cinco (75) bicicletas, mediante el Procedimiento en el Pública Subasta;
Que, obra debida intervención de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, respectivamente;
Que, rola nómina de designación de Martilleros Judiciales encargados de realizar la subasta de bienes en desuso de Policía de la Provincia como así también lista de Martilleros encargados del Pisteo en mencionada Subasta, emanada por el Colegio de Martilleros de Jujuy, en cumplimiento de la Ley N° 4152/85;
Que, del dictamen de la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad surge que resulta necesario retirar el Lote de setenta y cinco (75) bicicletas, atento al elevado costo de adquisición de nuevas unidades, por lo que resulta económicamente más factible la reparación y mantenimiento diario de las mismas. Asimismo, atento al estado del trámite, corresponde dictar el acto administrativo de rigor que apruebe la subasta de bienes en desuso, fijando día, hora y lugar de Remate;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Téngase por aprobados los Martilleros Judiciales encargados de realizar la Subasta de Bienes en Desuso de Policía, designados por el Colegio de Martilleros de Jujuy, los cuales se detallan a continuación:
MATRICULA | NOMBRE Y APELLIDO | |
TITULARES | ||
01 | 141 | DAMIAN LOPEZ GARCIA |
02 | 06 | CARLOS ALBERTO VACA PETRELLI |
03 | 26 | EDGARDO RENE CATORCENO |
SUPLENTES | ||
04 | 168 | JORGE LUIS NAVAJAS |
05 | 146 | FEDERICO DARIO SOLA |
ARTICULO 2º.- Téngase por aprobados los Martilleros Judiciales encargados del Pisteo en la Subasta de Bienes en Desuso de Policía, designados por el Colegio de Martilleros de Jujuy, los cuales se detallan a continuación:
MATRICULA | NOMBRE Y APELLIDO | |
TITULARES | ||
01 | 259 | JORGELINA DANIELA LINA DE LA BARRA |
02 | 330 | FERNANDO NOLASCO ABARZA |
03 | 251 | GISELA TERESITA LILLO |
04 | 222 | VIVIANA BALDERRAMA |
05 | 278 | LUIS MARCELO BOSIO |
06 | 332 | SANTIAGO LUIS MARTINEZ |
SUPLENTES | ||
07 | 315 | GONZALO DAVID CARDOZO |
08 | 304 | MARIA EUGENIA MORENO |
09 | 314 | EDUARDO ANDRES ORTIZ |
ARTICULO 3°.- Fíjese los días 19 y 20 de Mayo del año 2021 en los horarios de 10:00 a 18:00, en el predio del Departamento Logística de Policía, la apertura de visitas para que los interesados puedan constatar el estado de los bienes a subastar, conocimiento de los lotes y demás particularidades.
ARTICULO 4°.- Fíjese el día 21 de Mayo del año 2021 a horas 10:00 a Martillo Corrido hasta finalizar la lista de bienes a subastar, en el predio del Departamento Logística de Policía de la Provincia (D-4), sito en Avenida 1° de Mayo N° 981 – Sector Bajo Albiña – B° San Martín, para la realización de la Subasta Pública.
ARTICULO 5º.- Determinase que para la compra de los bienes subastados se deberá entregar una seña del 20% del monto total de cada bien, de contado efectivo. El saldo del precio se abonará en la Cuenta del Fondo Especial de Seguridad (F.E.S.), en el plazo de cinco (05) días hábiles, caso contrario perderá dicha seña como así también el derecho a adquirir el bien mueble registrable.
ARTICULO 6º.- Establézcase que la comisión destinada a los Martilleros Judiciales se fija en un 10% del valor de cada bien adquirido a exclusivo cargo del comprador, siendo la misma abonada de contado efectivo.
ARTICULO 7°.- Estipúlese que los bienes registrables se entregarán al comprador una vez cancelado el saldo de la totalidad del precio y verificada la transferencia de mencionados bienes, por intermedio del Registro de Propiedad del Automotor, la cual se encuentra a cargo del comprador.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, Publíquese en forma integra en el Boletín Oficial, remítanse las presentes actuaciones a la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad, a sus efectos. Cumplido, vuelva.-
Lic. Ernesto Guillermo Corro
Comisario General (R)
Ministro de Seguridad