BOLETÍN OFICIAL Nº 51 ANEXO – 30/04/21

MUNICIPIO DE PERICO.-

DECRETO N° 1509 – G – 2021.-

Ciudad Perico, 28 de Abril de 2021.-

VISTO:

La Ordenanza N° 1473/2021; y;

CONSIDERANDO:

Que, la mencionada Ordenanza impone y establece obligaciones salariales que actualmente no pueden ser solventadas por este Municipio, atento la delicada situación económico-financiera de las arcas Municipales.

Que, sin la asistencia financiera del Gobierno de la Provincia, este Municipio actualmente se encuentra imposibilitado de dar respuesta a las demandas de recategorizacion efectuada por los diferentes Sindicatos, asistencia que este Depto. Ejecutivo ya ha solicitado y gestionado ante Provincia, sin contar hasta el día de la fecha con respuesta alguna.

Que, destinar recursos propios para dar sustento a la recategorizacion dispuesta, implicaría poner en riesgo la prestación de servicios básicos esenciales a cargo del Municipio, y con ello el bien común de toda la población de Perico.

Que, mediante Resolución N° 59-DPT-2021 el Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Jujuy dispuso la CONCILIACION OBLIGATORIA con las diferentes entidades sindicales que nuclean a los empleados municipales, procedimiento que actualmente se encuentra en trámite y pendiente de resolución.

Que, si bien es cierto que este Poder Ejecutivo cree necesario y equitativo avanzar con un proceso de recategorización del personal, que permita mejorar sus ingresos y por ende su actuación situación económica, no es menos cierto, que resultaría una gran irresponsabilidad avanzar en el mismo sin contar con los recursos necesarios para afrontarlo financieramente.

Que, conforme lo establecido por el Art. 65 Inc. 11 de la COM el Sr. Intendente Municipal es el jefe de la Administración Municipal, y ejerce la superintendencia del personal dependiente del Departamento Ejecutivo.

Que, por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 49, inciso 1 de la Carta Orgánica de Perico y demás normas concordantes;

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1: Observase los Arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, y 9 de la Ordenanza N° 1473/2021, y en consecuencia dispóngase el veto parcial de la misma, por los fundamentos esgrimidos en el exordio.-

ARTICULO 2: Promúlguese el Art. 10 de la Ordenanza N° 1473/2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 15/04/2021.-

ARTICULO 3: Comuníquese el presente a la Dirección de Recursos Humanos y a la Secretaria de Hacienda del Departamento Ejecutivo Municipal.-

ARTICULO 4: Comuníquese el presente al Honorable Concejo Deliberante de ciudad Perico, a los fines pertinentes.-

ARTICULO 5: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, comuníquese y regístrese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente