BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21
RESOLUCIÓN Nº 1280-TP-2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 ABR. 2021.-
VISTO:
La Resolución Nº 2415-TP-2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Artículo 1º de la citada resolución se extendió el plazo indicado en el Articulo 2° de la Resolución Nº 1955-TP/(RG)-2020, en la cual se estableció la obligación de constituir domicilio electrónico en el Sistema de Gestión Electrónica (SIGE) a los sujetos mencionados en los Arts. 14, 31, 32, 33 y 34 y ccdtes. de la Ley N° 4376/88, hasta el 31 de marzo de 2021.-
Que, no obstante la ampliación del periodo otorgado, se advierte el incumplimiento por parte de funcionarios responsables obligados a constituir domicilio electrónico.-
Que, tratado el presente tema en Reunión Plenaria de fecha 31 de Marzo de 2.021, los Sres. Miembros: Dra. NORA MILLONE JUNCOS -Presidente-, Dra. MARIANA BERNAL -Vocal Letrada I-, Cr. RENE ANTONIO BARRIONUEVO -Vocal Contable I-, Dr. JUAN FRANCISCO BURGOS -Vocal Letrado II- y Lic. JUAN RAMON BRAJCICH -Vocal Contable II-, considerando que a los fines de implementar estos procedimientos sustitutivos resulta imprescindible contar con el registro de la casilla electrónica, disponen ampliar nuevamente el plazo oportunamente otorgado.
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA EN ACUERDO PLENARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Extiéndase el plazo indicado en el Artículo 1° de la Resolución Nº 2415-TP-2020, hasta el 30 de Abril de 2021.-
ARTÍCULO 2º: Notifíquese y publíquese por un día en el Boletín Oficial.-
Dra. Nora Millone Juncos
Presidente
14 ABR. LIQ. Nº 23386 $346,00.-