BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21

MUNICIPIO DE PERICO

DECRETO N° 1024-G-2021

Ciudad Perico, 05 de Enero de 2021.

VISTO;

Que, se registran cargo vacantes con motivo de las renuncias presentadas por quienes se desempeñaron como Directores, Coordinadores y Encargados de diferentes áreas Municipales.

CONSIDERANDO;

Que, el Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de Ia Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demos funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;

Que, es facultad del Sr. Intendente tomar decisiones que favorezcan Ia marcha del que hacer de este Municipio en función del bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en use de sus atribuciones:

DECRETA;

ARTÍCULO 1°: DESIGNASE, a partir del 05 de Enero de 2021, en el cargo de:

1.- Director de Higiene y Limpieza Urbana de la Municipalidad de Perico, al Sr. RAFAEL FERNANDO RODRIGUEZ, DNI N° 28.495.489.

2.- Director de Planificación de Ingresos y Egresos de Ia Municipalidad de Perico, al CPN. JOSE NICOLAS GARCIA CASASCO, DNI N° 31.777.671.

3.- Coordinador de Cultura Municipal de la Municipalidad de Perico, al Sr. ABEL MAMANI, DNI N° 36.424.608.

4.- Director de Obras y Servicios Públicos al Sr. PABLO MIGUEL DAVID ESPER, DNI N° 29.527.934.

5.- Encargada del Departamento de Adultos Mayores de Ia Municipalidad de Perico, a la Sra. CAÑARI GISELA ALEJADRA, DNI N° 33.173.077.

6.- Coordinador de Ceremonial y Protocolo de Ia Municipalidad de Perico, al Sr. VICTOR HUGO BARRIOS, DNI N° 31.590.919.

7.- Encargado del Taller Municipal al Sr. RAMON ALABARCE, DNI N° 14.637.957.

8.- Encargado de Mantenimiento de Espacios Verdes de la Municipalidad de Perico, al Sr. SORUCO GABRIEL RENE APOLINAR, DNI N° 30.731.273.

9.- Encargado de Bacheo de la Municipalidad de Perico, al Sr. TEJERINA, BLAS ARMANDO, DNI N° 33.844.472.

ARTICULO 2°: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete, el Sr. Secretario de Gobierno, el Sr. Secretario de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y el Sr. Secretario de Hacienda del Departamento Ejecutivo Municipal

ARTICULO 3°: Déjese sin efecto todo acto administrativo que se contraponga al presente decreto.

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese a Recursos Humanos, Liquidación quienes corresponda, cumplido, archívese. –

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente