BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 12/04/21
RESOLUCION Nº 11720-E/2019.-
EXPTE. Nº 1050-170-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2019.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizase el cambio de Denominación del Instituto Superior Privado Delta incorporado a la enseñanza oficial por Resolución Nº 566-E.C.98 modificada por Resolución Nº 1882-E.C-99, por Instituto Superior Delta por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Autorizase el cambio de domicilio del Instituto Superior Delta a la calle Alvear Nº 573 Barrio Centro de esta Ciudad.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que anualmente se realice, por las áreas competentes de este Ministerio, el estricto control, anual a al Institución Educativa, cuyo cambio de denominación y de domicilio se autoriza legal, contable y técnica debiendo cumplimentar el interesado en tiempo y forma con la presentación de toda documentación y/o actualización que le sea requerida.-
ARTICULO 4º.- Téngase presente que esta expresamente prohibida le transmisión, cesión o transferencia por cualquier titulo de la presente resolución de autorización de cambio de denominación y domicilio a terceros la extensión de la misma o el cambio de nombre de la institución o el cambio de domicilio sin previa autorización ministerial bajo apercibimiento de ley.-
ARTICULO 5º.- Téngase presente que se constituye a la Institución Educativa en depositario de la documentación que por pertenecer al Estado, integra el archivo de la documentación total que tecla Institución por Ley y normativa vigente debe Cumplir en el domicilio arriba mencionado Y ante cualquier dificultad se encuentra obligada a entregarla en la Dirección de Nivel Superior para poder garantizar la titulación de los alumnos yio la continuidad de los mismos por la Ley de Educación Nacional Nº 26.206.-
ARTICULO 6º.- Téngase presente que el incumplimiento de las disposiciones de la presenta Resolución por parte de la fundación o de la institución conllevara a la caducidad inmediata de la presente autorización.-
ARTÍCULO 7º.- Téngase presente que el otorgamiento de la autorización no implica obligación alguna por parte del Ministerio de Educación del otorgamiento del beneficio de Subvención económica.-
ARTICULO 8º.- Procédase a notificar mediante Jefatura de despacho al Instituto Superior Delta, de propiedad de la Fundación para el cambio.-
ARTICULO 9º.- Previa toma de conocimiento por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese publíquese sintéticamente desde al Registro y Boletín Oficial y pase a Secretaria de Gestión Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Educación Inicial, Departamento de Títulos, Legalizaciones, Certificación de Estudios y equivalencias, Secretaria de Innovación y Calidad Educativa, Dirección Provincial de Administración. Para su conocimiento y efectos de su competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación