BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 01/04/16
RESOLUCIÓN N° 77-SCA/2016.- Articulo N° 1: Otorgar la Factibilidad Ambiental al Proyecto, “Construcción Estación Pasivo Tres Cruces- Radioenlace Digital Santa Ana-Tres Cruces”, presentado por la Empresa Telecom Argentina S.A por los motivos expuestos en los considerandos. Articulo N° 2: La Empresa Telecom Argentina S.A deberá comunicar por escrito a la Unidad de Gestión de Quebrada de Humahuaca y a ésta Secretaria, lo listado a continuación: 1- Cronograma de tareas y georeferenciación exacta de la superficie de obra intervenida.- 2- Nombre del personal técnico a cargo de la obra.- 3- Plan de trabajo para el acondicionamiento del árido removido en obra.- 4- Una vez terminada la vida útil del pasivo se deberá presentar un Plan de desmantelamiento del mismo que contemple el reacondicionamiento de la zona de obra. El mencionado plan deberá ser presentado 60 días antes de ejecución del mismo ante esta secretaría para ser evaluado y aprobado. Articulo N° 3: Las Disposiciones de la presente Resolución no exime a la Empresa Telecom Argentina S.A, de la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio, o la producción de alguna contingencia que las actividades inherentes a la obra, pudiera ocasionar al medio ambiente y/o la vida, salud e integridad física de la población en general. Articulo N° 4: La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental. Articulo N° 5: El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que esta Dirección aplique los procedimientos legales previstos en el Decreto Reglamentario N° 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, de la Ley Provincial N° 5063.- Articulo N° 6: Fíjese como tasa retributiva total por el servicio de evaluación de impacto ambiental, el monto equivalente a 300 (TRESCIENTOS) LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO lo cual deberá ser abonada en el Área de liquidaciones de la Dirección General de Administración, antes de finalización del día hábil siguiente al de su recepción. Articulo N° 7: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” agota la vía administrativa. La parte Resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. 5980/06).- Articulo N° 8: La presente resolución deberá ser retirada en esta sede ministerial por el apoderado de la firma Guzmán- Nacich SAIC en nombre de la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. por el Lic. Jorge Juan Kapovic, DNI: 21.441.296, una vez presentada la boleta de pago, que cancela los derechos administrativos de rigor. Articulo N° 9: Firmado, regístrese por Despacho de esta Dirección. Notifíquese a la Empresa Telecom Argentina S.A, al Área de Liquidaciones de la Dirección General de Administración, a la Comisión Municipal de Tres Cruces, al Área Técnica de la SCA, a sus efectos. Cumplido archívese. San Salvador de Jujuy 29/2/2016. Secretaria de Calidad Ambiental, Ministerio de Ambiente, Provincia de Jujuy. Fdo. Dra. Maria Fernanda Yapur. Secretaria de Calidad Ambiental, Ministerio de Ambiente, Provincia de Jujuy.
30 MAR. 01/04 ABR. LIQ. Nº 123315 $270,00.-