BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 19/02/21

RESOLUCION N° 201-ISPTyV/2020.-

EXPTE. Nº 0516-2836/1999.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 MAR. 2020.-

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

RESULEVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el Plano de Mensura de Fracción y Loteo del inmueble, individualizado como Parcela 46, Padrón A-73794, Circunscripción 1, Sección 7, Matrícula A-44553, ubicado en el Barrio Campo Azul – Bajo La Viña de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, de propiedad del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy.‑

ARTICULO 2°.-  Disponer que la aprobación del presente fraccionamiento es al sólo efecto de su Registración en la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante.‑

ARTÍCULO 3°.- Aceptar la Donación de los espacios reservados para Uso Público (fs. 25), que surgen del Plano que por este acto se aprueba, Consecuentemente el Departamento Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles tomara razón de los espacios destinados para uso público según exigencias de la Ley 6099/18, y atento a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994).‑

ARTÍCULO 4°.-  Establecer que el Loteador deberá cumplimentar las observaciones realizadas por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos en el Certificado de No Inundabilidad, referentes a la construcción del Cordón Cuneta faltante.‑

ARTICULO 5°.- Regístrese. Tome Razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga a Escribanía de Gobierno, Dirección Provincial de Inmuebles, Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda y Dirección Provincial de Inmuebles, a sus efectos. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. ‑

 

Ing. Carlos Gerardo Stanic

Ministro de Infraestructura Serv. Públicos, Tierra y Vivienda