BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 19/02/21

RESOLUCION GENERAL N° 1590-DPR/2021.-

San Salvador de Jujuy, 19 de febrero de 2.021.-

VISTO:

Las disposiciones del Código Fiscal Ley N° 5.791/2.013 y modificatorias, las Resoluciones Generales N° 1.341/2.014, 1.584/2.020 y 1.585/2.021, y:

CONSIDERANDO:

Que, debido a los feriados de los días 15 y 16 de febrero del corriente, por razones de administración tributaria, y dada la gran concurrencia de contribuyentes con la finalidad de cumplir con el pago del tributo y poder acceder a las bonificaciones, resulta oportuno extender la fecha estipulada para el pago del Impuesto inmobiliario, ampliando el plazo para acogerse al beneficio por pago anticipado en el periodo fiscal 2021

Que, por ello y en uso de las facultades previstas por el articulo 10 del Código Fiscal Ley N° 5.791 y sus modificatorias,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario hasta el día 15 de marzo de 2.021.-

ARTICULO 2°.- Considerar que hasta la fecha establecida en el Artículo 1° de la presente norma, se encuentra habilitado el pago anticipado con la bonificación del veinte por ciento (20%) de descuento.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaria de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorias Fiscales. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Analía Correa

Directora