BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 19/02/21
RESOLUCION GENERAL Nº 1589-DPR/2021.-
San Salvador de Jujuy, 18 de febrero de 2.021.-
VISTO:
La Resolución General Nº 1.584/2.020, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución General Nº 1.584 se establece el Calendario Impositivo que regirá para el ejercicio fiscal 2.021, y en el artículo 7 se estipulan los plazos, formas y condiciones en que los contribuyentes deben ingresar los anticipos y/o cuotas correspondientes al Impuesto Automotor.
Que, debido a demoras en la remisión de la tabla de valuaciones para el período fiscal 2.021, que repercute en la confección y emisión de las liquidaciones del impuesto, resulta necesario ampliar las fechas de vencimiento establecidas para el primer anticipo de dicho impuesto, al sólo efecto de considerar en término los pagos efectuados.
Que, por ello y en uso de las facultades acordadas por el artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13 y modificatorias;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Considerar en término el pago del primer anticipo del Impuesto Automotor hasta el día 22 de marzo de 2.021.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales, Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia. Cumplido, archívese.-
Dra. Analía Correa
Directora