BOLETÍN OFICIAL Nº 14 – 03/02/21

RESOLUCION Nº 70-COE/2020.-

EXPTE Nº .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 OCT. 2020.-

VISTO

Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional concordante con las del Poder Ejecutivo Provincial, las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (COE) y,

CONSIDERANDO

Que la Provincia de Jujuy ya no encuentra en estado de “Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio sino en “Distanciamiento Preventivo Social y Obligatorio como resultado de las buenas medidas de prevención del virus COVID-19

Que, la disminución de personas contagiadas de COVID-19 en la provincia de Jujuy nos permite, actualmente, retomar actividades que fueron suspendidas durante la Declaración de Emergencia Sanitaria COVID-19.

Que, atento a las necesidades de la población jujeña de sepultar y despedir a los familiares y/o personas cercanas es indispensable reglamentar las medidas de seguridad y bioseguridad para poder llevar a cabo los velorios en el territorio jujeño.

Que, para ello es sumamente necesario la participación y el control de los COE Municipales y las empresas encargadas de llevar adelante los velorios.

Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto- Acuerdo N° 696-S-20;

EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Habilítese la realización de velorios conforme las disposiciones establecidas por los Comité Operativos Municipales.-

ARTICULO 2°.- Establézcase que la actividad mencionada en el artículo primero deberá realizarse conforme al protocolo establecido en el Anexo Único de la presente resolución.-

ARTICULO 3º.- Dispóngase que, a los fines de reglar los horarios, como así también toda la medida de bioseguridad y seguridad será autoridad de aplicación y control cada Comité Operativo de Emergencia Municipal.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, pase al Boletín Oficial para su publicación Integral. Cumplido, archívese.-

 

Dr. Omar Alberto Gutiérrez

Coordinador Operativo

C.O.E. Jujuy

 

ANEXO UNICO

 

PROTOCOLO PARA HABILITACION SEPELIOS

 

Con motivo de lograr la obtención de la habilitación pertinente para la realización de velorios en la Provincia de Jujuy, las empresas deberán al momento de presentar el protocolo correspondiente para su autorización, garantizar la observación de los siguientes procedimientos:

  1. Podrán realizar velorios con deudos, aquellas empresas que presenten el protocolo, el mismo resulte aprobado y se realicen para el caso de fallecidos que no resultaren de COVID19 y el féretro se encuentre siempre cerrado. Siendo el plazo máximo para la realización del mismo de 3 horas.
  2. En caso de poseer salas velatorias contiguas, se podrán utilizar dejando una de por medio vacía. Los lugares de estar deberán estar correspondientemente identificados por sala, estando prohibida la utilización de un lugar común a las mismas.
  3. Al momento de ingresar los deudos a la sala velatoria se dispondrá la toma de temperatura, que deberá quedar registrada en una planilla además con los datos correspondientes a nombre completo, número de documento, domicilio real, número de teléfono y hora de ingreso.
  4. Tendrán prioridad de ingreso y permanencia los deudos directos: Cónyuges, concubinos, hijos, padres y hermanos, toda persona que no reúna estas condiciones podrá ingresar por un periodo máximo de 30 minutos, teniendo en cuenta que la ocupación no podrá superar en ningún momento la de una (1) persona por cada 2 mts2.
  5. En caso de realizar servicio de cafetería, el mismo deberá realizarse con elementos descartables. Cada sala de espera deberá contar con alcohol en gel o diluido 70/30 en agua a disposición de los asistentes.
  6. Resulta de utilización obligatoria durante el velorio del barbijo social.
  7. Las puertas de ingreso deberán contener en lugar visible, cartelería que indique, cantidad de salas habilitadas y ocupación máxima por cada una.
  8. En cada sector se deberá colocar varios cestos de basura que permitan que la persona deposite pañuelos, vasos, etc.
  9. Las personas encargadas de la limpieza deberán utilizar todos los EPP (gafas o mascara, guantes de látex, barbijo tipo quirúrgico o n95).
  10. La empresa deberá llevar una planilla de entrega de epp al personal.
  11. La empresa deberá implementar si protocolo de limpieza y desinfección adecuada. La limpieza de los sectores será constante en lo posible en cada cambio de grupo de personas. El personal deberá estar previamente capacitado.

Los protocolos para solicitar la aprobación deberán ser acompañados de fotografías, que demuestren circuitos de ingreso, permanencia y egreso, como así también la delimitación del lugar de espera por cada sala. Dichos protocolos deberán ser presentados en los COE Municipales para su aprobación.

 

Dr. Omar Alberto Gutiérrez

Coordinador Operativo

C.O.E. Jujuy