BOLETÍN OFICIAL Nº 152 – 30/12/20

RESOLUCIÓN Nº 2199-E/2020.-

EXPTE. Nº 1050-593-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 OCT. 2017.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir del 01 de Octubre de 2020, el inicio del proceso de transformación del régimen de horas cátedra al de agrupamiento para profesores titulares e interinos sin fecha de baja, por las razones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2°.-Establécese esta medida para los profesores que tienen horas cátedra frente a alumnos en los espacios curriculares en que se desempeñan y para quienes posean horas en disponibilidad y/o pendientes de reubicación en las instituciones educativas de nivel secundario de gestión estatal dependientes de este Ministerio.-

ARTICULO 3°.- Dispónese que esta transformación iniciará con los docentes que se desempeñen en los siguientes espacios curriculares: Matemática, Lengua, Lengua Extranjera y Educación Física en todas sus denominaciones según cada estructura curricular vigente.-

ARTICULO 4°.- Establécese que el agrupamiento resultante de la transformación de horas cátedras en agrupamiento quedará conformado por horas cátedra frente a alumnos o por horas cátedra frente a alumnos más horas institucionales, resultantes de la incorporación de horas en disponibilidad y/o pendientes de reubicación.-

ARTICULO 5°.- Dispónese que esta transformación se llevará a cabo priorizando la cercanía del domicilio de los docentes al de la institución educativa.-

ARTICULO 6°.- Facúltase a la Dirección Provincial de Administración a realizar las adecuaciones administrativas y presupuestarias correspondientes y a dictar las circulares operativas que resulten necesarias a los fines de la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución en conjunto con la Secretaria de Gestión Educativa y la Dirección de Educación Secundaria.-

ARTICULO 7°.-Facúltase a la Secretaria de Gestión Educativa a dictar las resoluciones reglamentarias que resulten necesarias en virtud de lo dispuesto en la presente.-

ARTICULO 8º.-  Regístrese, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, gírese a la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección Provincial de Administración para conocimiento y demás efectos. Hecho, vuelva al ministerio de Educación y archívese.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación