BOLETÍN OFICIAL Nº 152 ANEXO – 30/12/20

Municipalidad de Yala

DECRETO  313    /2020 I.M.Y.

Yala, Jujuy   16 de diciembre de 2020.-

VISTO:

El expediente Nº 032-III-18 de la Comisión Municipal de Yala   y el expediente de la Dirección Provincial de Inmuebles Nº 0516-239-2018.

CONSIDERANDO:

Que el Dictamen jurídico  del Sr. Asesor Legal Dr. Luis E. Mamani Benegas recomienda declarar operada la prescripción adquisitiva del inmueble, con criterio que comparto y hago propio.

Que, las leyes 21.477 y 24.320, vigentes a la fecha, establecen el procedimiento a seguir para la declaración, documentación e inscripción del dominio de inmuebles en los que el Estado municipal, haya poseído por más de 20 años en forma pública e ininterrumpida.

Así, según constancias del expediente administrativo, los Sres. Nuñez, Romina Fernanda, Muñoz, Juan Carlos, Mamaní Elias, Silvia Natalia, Quintar, José Omar, Garcia, Silvana Valeria, Torres, Ana María Fernanda, Flores Mateo Evangelisto, Colqui, Hilda Fabiana, Ibarra, Cristian Gerardo, Perez, Marta Teresa Judith, Clemente Gregorio, Elsa Betty, Gomez Puma, Lucía, Gomez Puma, Ines, Cazón Felix, Guzman Nancy, Vilte, Carmen Liliana, Corimayo, Flavia, Corimayo, Rosa Alejandra, Landivisnay, Roberto y Zutara, Cecilia Luisa han cedido sus derechos posesorios a favor del Municipio sobre los inmuebles A – 27995 y A – 27996 ubicado en Difunta Correa, San Pablo.

Conforme art 1901 del Código Civil y Comercial de la Nación se produjo unión de posesiones en cabeza de la hoy Municipalidad de Yala.

En igual sentido obran en autos los antecedentes –documentación –  por parte de los particulares cedentes, que dan fé de su posesión publica, pacifica e ininterrumpida por holgadamente más de 20 años.

Que a través de Ordenanza 98/17 C.M.Y. se instruye al Departamento Ejecutivo a aceptar la cesión voluntaria de los derechos posesorios (conforme Art. 1901 CCyC) y la posesión de los vecinos poseedores del inmueble individualizado como  padrón A- 27995 lote 207-D Matricula y para efectuar la prescripción administrativa de los mismos de conformidad con el procedimiento de la Ley N° 24.320.-

De este modo y en consonancia con lo ordenado por el Concejo Comunal, el Comisionado Municipal dictó el Decreto N° 45/2018 P.C.M.Y. por la cual acepta la cesión voluntaria de los derechos posesorios de los arriba mencionados e inicia el procedimiento de prescripción adquisitiva administrativa conforme a la ley N° 24.320.- Iniciado el trámite se ha producido la confección y aprobación del Plano de Mensura sobre el inmueble individualizado catastralmente como Padrón A – 27995 Circunsc. 2 Sección 1 Parcela 207 D y Padrón A – 27996 Circunsc. 2 Sección 1 Parcela 207 E por el organismo correspondiente.

Que el inmueble que se pretende prescribir se encuentra registralmente inscripto a nombre de Sánchez de Bustamante y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, una persona jurídica cuyo domicilió se desconoce conforme el informe del  Registro Público de Comercio. Por ello, el presente Decreto será publicado íntegramente en el Boletín Oficial.

Por ello, en ejercicio de sus competencias:

EL INTENDENTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE YALA

DECRETA:

ARTÍCULO 1:  Declarar operada la prescripción adquisitiva de dominio de la fracción del inmueble Padrón A – 27995 Circunsc. 2 Sección 1 Parcela 207 D y Padrón A – 27996 Circunsc. 2 Sección 1 Parcela 207 E  de acuerdo al plano aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles registrado como Nº 20211 del 10/11/2020, a favor de la Municipalidad de Yala, conforme el procedimiento administrativo previsto en las  leyes 21.477 y 24.320.

ARTÍCULO 2: Comunicar a Escribanía de Casa de Gobierno a los fines de la protocolización

ARTÍCULO 3: Protocolarizado remítase a la Dirección Provincial de Inmuebles para la modificación registral del dominio.

ARTÍCULO 4: Publíquese en el Boletín Oficial.

 

Mg. Santiago Tizón

Intendente