BOLETÍN OFICIAL Nº 152 ANEXO – 30/12/20

DECRETO Nº 731-ISPTyV/2020.-

EXPTE Nº 622-239/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR.  2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por concedida a la empresa Agua Potable y Saneamiento de Jujuy Sociedad del Estado, la autorización prevista por el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 3789-H-2001, para adquisición de los bienes de capital detallados en el “ANEXO I” que forma parte integrante del presente, erogación que será afrontada con Recursos Propios, quedando a cargo del organismo, acreditar la forma de adjudicación, aprobar, y culminar el procedimiento de compra cumpliendo exhaustivamente el proceso de ejecución de gasto y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2º.- Téngase por autorizada la empresa Agua Potable y Saneamiento de Jujuy Sociedad del Estado, para la compra de bienes de capital necesarios para atender el servicio público esencial a su cargo, y los demandados para cumplir lo previsto por el Decreto N° 8.339-ISPTyV-2.018, erogación que será afrontada con Recursos Propios, quedando a cargo del organismo, adjudicar, aprobar, y culminar el procedimiento de compra, cumpliendo con las disposiciones vigentes en materia de ejecución de gasto y rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección General de Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR