BOLETÍN OFICIAL Nº 150 ANEXO – 23/12/20

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

EXPEDIENTE   N°   16 – 9029 – 2020 – 1.-

DECRETO         N°  1495 . 20 . 040         .-

San Salvador de Jujuy,  18 de diciembre de 2020

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 7475/2020, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 10/2020, celebrada el día 17 de diciembre de 2020, mediante el cual se dispone la derogación del Artículo 2° de la Ordenanza N° 7432/2020 y se establece el nuevo Cuadro Tarifario del Sistema de Transporte Público de Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en el marco de la Ordenanza N° 7402/2019 y se establece que a partir del 01 de Febrero de 2021 un incremento del diez por ciento con seis décimas (10,6) al Cuadro Tarifario mencionado; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7475/2020, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 10/2020, celebrada el día 17 de diciembre de 2020, mediante la cual se dispone la derogación del Artículo 2° de la Ordenanza N° 7432/2020 y se establece el nuevo Cuadro Tarifario del Sistema de Transporte Público de Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en el marco de la Ordenanza N° 7402/2019 y se establece que a partir del 01 de Febrero de 2021 un incremento del diez por ciento con seis décimas (10,6) al Cuadro Tarifario mencionado.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Transito y Transporte, Coordinación General de Comunicación y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente

Municipalidad de S.S. de Jujuy