BOLETÍN OFICIAL Nº 150 ANEXO – 23/12/20
Municipalidad de San Salvador de Jujuy
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EXPEDIENTE N° 16 – 9030 – 2020 – 1.-
DECRETO N° 1496 . 20 . 040 .-
San Salvador de Jujuy, 18 de diciembre de 2020
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7473/2020, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 10/2020, celebrada el día 17 de diciembre de 2020, mediante el cual se fijan los siguientes Cuadros Tarifarios para el Servicio de: TAXIS COMPARTIDOS y TAXI DE RADIO LLAMADA, y se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar entre el 01 de Abril al 31 de Mayo del 2021 y entre el 01 de Septiembre al 31 de Octubre del 2021, dos (2) incrementos de hasta un quince por ciento (15%) cada uno, para los Cuadros Tarifarios mencionados; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7473/2020, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 10/2020, celebrada el día 17 de diciembre de 2020, mediante la cual se fijan los siguientes Cuadros Tarifarios para el Servicio de: TAXIS COMPARTIDOS y TAXI DE RADIO LLAMADA, y se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar entre el 01 de Abril al 31 de Mayo del 2021 y entre el 01 de Septiembre al 31 de Octubre del 2021, dos (2) incrementos de hasta un quince por ciento (15%) cada uno, para los Cuadros Tarifarios mencionados.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Transito y Transporte, Coordinación General de Comunicación y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente
Municipalidad de S.S. de Jujuy