BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 16/12/20

RESOLUCION N° 160-SOTyV/2020.-

EXPTE. N° 617-418/2020.-

AGREG. N°

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 NOV. 2020.-

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.–  Declárese la caducidad de los derechos y acciones de la Sra. PELOZZO ANALIA SOLEDAD D.N.I. N° 34.249.730 , junto a su grupo familiar, acordados por la OBLEA DE ADJUDICACIÓN S/N° sobre el lote 22, Manzana 47, ubicado en el loteo denominado “150 Hectáreas “, de la ciudad de S. S. de Jujuy; Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco del Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo  necesite”, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.-Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación de la OBLEA DE ADJUDICACIÓN S/N° sobre el lote 22, Manzana 47, ubicado en el loteo denominado 11150 Hectáreas “, de la ciudad de S. S. de Jujuy; Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor de Sra. CRUZ MORELIA ABIGAIL D.N.I. N° 39.401.849, junto a su grupo familiar sobre el lote 22, Manzana 47, ubicado en el loteo denominado “150 Hectáreas”, de la ciudad de S. S. de Jujuy; Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 4°.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2° y 3° del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación – en forma sintética-y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda