BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 16/12/20
RESOLUCIÓN Nº 133-SOTyV/2020.-
EXPTE Nº 617-383/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.-
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA. PUCCI IVANA SILVIA D.N.I. N° 21393258 y el Sr. CARDENAS HECTOR RICARDO D.N.I. N° 20389746, junto a su grupo familiar, acordados por el ACTA S/N° sobre el lote 26, Manzana 62, ubicado en el loteo den minad “40 Hectáreas”, de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite” y por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del ACTA S/N° sobre el lote 26, Manzana; 62, ubicado en el loteo denominado “40 Hectáreas”, de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.-
ARTICULO 3°.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. MARTINEZ ESTEFANIA BELEN D.N.I. N° 38961742, junto a su grupo familiar sobre el lote 26, Manzana 62, ubicado en el loteo denominado “40 Hectáreas”, de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy.-
ARTICULO 4°.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.-
ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2° y 3° del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma sintética- y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.-
Ing. Carlos Humberto García
Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda