BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 14/12/20
EXPTE. N° 500-415/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 OCT. 2020.-
VISTO:
El Régimen Especial para regularización de deudas tributarias dispuesto por Decreto Acuerdo N° 1515-HF-20, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Acuerdo N° 1515-HF-20 establece un Régimen excepcional y transitorio, por el termino de (2) meses para aquellos los contribuyentes y responsables que mantengan por obligaciones tributarias cuya percepción, fiscalización o determinación estén a cargo de la Dirección Provincial de Rentas, vencidas o devengadas, según el tributo de que se trate, al 31 de Julio de 2.020 inclusive;
Que, en uso de las facultades acordadas por el Artículo 4° del mencionado dispositivo, es voluntad de este Ministerio de Hacienda y Finanzas extender la vigencia del Régimen Especial;
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.– Disponer la prórroga del Régimen Especial dispuesto por Decreto Acuerdo N° 1515-HF-20 por el termino de (2) dos meses.
ARTICULO 2°.- Extender la fecha de corte de las deudas comprendidas en el Artículo 10 del Decreto Acuerdo N° 1515-HF-2020 hasta el 31 de Agosto del 2020.
ARTICULO 3°.- Facultar a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentar las condiciones que demande la aplicación del presente.
ARTICULO 4°.- Regístrese. Tome Razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, a la Dirección Provincial de Rentas. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas para demás efectos.-
C.P.N. Carlos Alberto Sadir
Ministro de Hacienda y Finanzas