BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 20/11/20

RESOLUCION N° 258-E/2019.-

EXPTE. N° 1050-170/11.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2019.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Incorpórese a la enseñanza oficial al Jardín Maternal y de Infantes “KRECER”, perteneciente al Sr. Carlos Leonardo Morales Santos CUIT N° 20-92723270-8, ubicado en calle Independencia N° 169 B° Centro de la ciudad de San Salvador de Jujuy, en virtud de lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que anualmente se realice, por las áreas competentes de este Ministerio, el estricto contralor institucional por la Dirección de Educación Privada, comprensivo del área legal, contable, técnico edilicio y pedagógico, debiendo cumplimentar el interesado en tiempo y forma con la presentación y/o actualización de toda la documentación que le sea requerida.-

ARTICULO 3°.- Queda expresamente prohibido la transmisión, cesión o transferencia por cualquier título de la presente resolución, a terceros, la extensión de la misma a otros establecimientos de propiedad de la Asociación, bajo apercibimiento de Ley.-

ARTÍCULO 4°.- Determínese que todo cambio en el domicilio oficial donde funcionará la institución educativa, nivel, curso y/o división, deberá ser comunicado y autorizado por el Ministerio de Educación mediante el acto resolutivo pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que el incumplimiento de las disposiciones de la presente resolución por parte del propietario o de la institución, conllevará inmediatamente a la caducidad de la incorporación y reconocimiento de la enseñanza oficial.-

ARTICULO 6°.- Establécese que el Jardín Maternal y de Infantes “KRECER” es depositario de toda la documentación de la institución educativa, la que deberá ser entregada al Estado para su resguardo y archivo en caso de producirse la caducidad, asegurando a través de la Dirección de Educación Inicial la certificación de estudios de los alumnos.-

ARTICULO 7°.- Establécese que la incorporación del Jardín Maternal y de Infantes “KRECER” no obliga al Estado a la subvención económica u otra ayuda económica, siendo el Sr. Carlos Leonardo Morales Santos CUIT N° 20-92723270-8 responsable de sustentar su desarrollo.-

ARTICULO 8°.- Por Jefatura de Despacho procédase a notificar al Sr. Carlos Leonardo Morales Santos CUIT N° 20-92723270-8 de los términos del presente acto resolutivo.-

ARTICULO 9°.- Previa toma de conocimiento por Fiscalía de Estado, pase a Tribunal de Cuentas, comuníquese y publíquese sintéticamente en el Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Gestión Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Educación Inicial, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias y Dirección General de Administración para conocimiento y efectos de su competencia. Cumplida vuelva al Ministerio de Educación, archívese.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación