BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 30/10/20

RESOLUCION N° 108-SOTyV/2020.-

EXPTE. N° 617-361/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 OCT. 2020.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación de las Bases y Condiciones y la autorización del sorteo de lotes fiscales ubicados en la Localidad San Salvador de Jujuy, Padrón A-98566 y Fracción Padrón A-92598 MZA 12 BIS, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, en cumplimiento de las metas fijadas por el Gobierno de la Provincia de Jujuy, de dar soluciones habitacionales a las familias jujeñas, se procede a implementar el sorteo de lotes fiscales urbanos, en el marco de la Ley N° 3169/74;

Que, a fs., 2 obran las Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, a realizarse por parte de la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, donde además se establecen las condiciones de la pre-adjudicación del lote fiscal, los requisitos que el beneficiario deberá cumplir para la posterior adjudicación, como así también las formas y condiciones de pago del mismo;

Que, a fs. 7/9 obran las cédulas parcelarias y a fs.16 copia de ante proyecto de Plano Mensura y Loteo que actualmente se encuentra en tramitación, donde consta la ubicación de los lotes fiscales urbanos a sortearse;

Que, del fraccionamiento en cuestión se habilitan para el presente sorteo doscientos (200) lotes fiscales urbanos;

Que, provisoriamente los lotes fiscales van a ser identificados mediante números de lotes y manzanas, hasta tanto se realice la aprobación del Plano de Mensura de Fracción y Loteo de donde surgirán los padrones individuales y definitivos de cada uno de ellos;

Que, asimismo se llevará a cabo, en forma posterior al sorteo antes mencionado, el sorteo de quince (15) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como beneficiarios suplentes ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares;

Que, a los fines de garantizar la transparencia en las adjudicaciones, el sorteo se realizará con intervención y fiscalización del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia de Jujuy y con la asistencia de Escribanía de Gobierno;

Por ello,

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar, el sorteo de DOSCIENTOS (200) lotes urbanos, todos ubicados en San Salvador de Jujuy, Padrón A-98566 y Fracción Padrón A-92598 MZA 12 BIS, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy. El sorteo se llevará a cabo en la sede del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia el día doce (12) de noviembre del corriente año y con la asistencia de Escribanía de Gobierno.-

ARTICULO 2°.- Aprobar, el sorteo de QUINCE (15) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como BENEFICIARIOS SUPLENTES ante el supuesto de  vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares. El mencionado sorteo se realizara en forma posterior al sorteo referido en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, todos ubicados en San Salvador de Jujuy, Padrón A-98566 y Fracción Padrón A-92598 MZA 12 BIS, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 4°.- Oportunamente, solicitar la intervención del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Coordinación General de Despacho, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 4° remitiendo copias certificadas de la presente a conocimiento del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma íntegra y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda