BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 28/10/20
EXPTE. N° 723-258/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUN. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos- Ejercicio 2020- Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
SUPRIMASE:
- de O: R6-01-11 Hospital
Categoría N° de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Leyes 4135 modif. 4418
Total 1
CREASE:
“Dr. Oscar Orias”
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Leyes 4135 modif. 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designado interinamente al Dr. PABLO LUIS SUAREZ ZORRILLA, CUIL 20-33236191-1, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, para cumplir funcione á de Médico en la U. de O.: 6-01-11 Hospital “Dr. Oscar Orlas”, a partir del 03 de septiembre de 2.018 y hasta tanto concluya el llamado a concurso para la cobertura del mismo.-
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderán con las partidas previstas en el Presupuesto General dé Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6149, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2020: Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orlas.-
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado) Deuda Pública Provincial.”03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a. sus demás efectos.- ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR