BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 28/10/20
EXPTE. N° 719-325/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por la Dra. María Fabiana Quispe, CUIL 27-26852453-9, cargo categoría B (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Leyes N° 4135 modif. 4418, en el Hospital “Dr. Arturo Zabala”, con el adicional por permanencia en guardia del 90%, a partir del 23 de junio de 2.014.-
ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria “03-10-15-01-26 para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, la erogación que demande el pago del adicional por permanencia en guardia de la Dra. María Fabiana Quispe del 90%, a partir del 14 de agosto de 2.016 sobre la categoría de ingreso, por encontrarse prescriptos los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los Arts. 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial.-
Ejercicio 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaria de Salud partida 1-1-1-1-2-153 “Regula ton Adicionales Personal – Ministerio de Salud”.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincial (Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR