BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20
EXPTE 1057-1193/20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 SEP. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorízase a las Instituciones de Educación Secundaria de gestión estatal, privada, social y/o cooperativa, llevar a cabo turnos de exámenes virtuales, para los estudiantes en condición de regulares y libres con espacios curriculares/asignaturas pendientes de acreditación/aprobación, que no pudieron acceder a los turnos de exámenes previstos en la Resolución N° 1597-E/20, para Instituciones del Período Escolar Común y Resolución N° 1958-E/20 para Instituciones del Período Escolar Especial, según el siguiente cronograma:
Octubre:
07 al 16: Etapa de Tutoría Virtual y evaluación del trabajo final.
20 al 23: Turnos de Exámenes Virtuales.
Noviembre:
12 al 20: Etapa de Tutoría Virtual y evaluación del trabajo final. 25 al 27: Turnos de Exámenes Virtuales.
Diciembre:
09 al 17: Etapa de Tutoría Virtual y evaluación del trabajo final.
21 al 23: Turno de Exámenes Virtual.
ARTICULO 2°.- Dispónese que en caso de superposición de actividades: exámenes virtuales y clases virtuales, se deberá seguir el orden de prelación establecido en el Capítulo 1 — punto 9 “Asistencia” del Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy 2020-2021, aprobado por Resolución N° 14000-E/19.‑
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese sintéticamente,, dése al Registro y Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Técnico Profesional y Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, para conocimiento y efectos de su competencia. Cumplido, archívese. ‑
Isolda Calsina
Ministra de Educación