BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20
EXPTE Nº 1050-526-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- ESTABLÉCESE el carácter de tareas esenciales del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy a las siguientes:
- La continuidad del período lectivo 2020 mediante las actividades escolares remotas y a distancia, en todos los niveles y modalidades;
- Localización y acompañamiento a estudiantes en situación de vulnerabilidad pedagógica;
- Elaboración de listado de orden de mérito y entregas virtuales de cargos;
- Gestión de recursos humanos y liquidación de sueldos;
- Acciones de implementación del Programa de Mejora del Acceso y la Calidad Educativa (PROMACE);
- Atención de emergencias edilicias y mantenimiento escolar;
- Despacho de asuntos urgentes y resoluciones;
- Actividades administrativas impostergables y limpieza de edificios escolares;
- Labores de cuidado de huertas y ‘granjas escolares
- Reparación y mantenimiento de equipos tecnológicos y de la conectividad;
- Gestión presupuestaria, de compra, logística y aprovisionamiento a las instituciones escolares;
- I) Tareas esenciales en la pandemia;
- m) Las demás acciones que resulten necesarias con motivo o en ocasión de la emergencia sanitaria.
ARTICULO 2°.- DISPÓNESE que los responsables de las áreas deberán organizar la prestación del servicio teniendo en cuenta los criterios y normativas vigentes en la pandemia:
- alcances de la calificación en fases a cada Región/Departamento por parte del COE, conforme a la situación sanitaria y epidemiológica imperante;
- dispensa de asistencia al personal comprendido en grupos de riesgo;
- trabajo en turnos mañana y tarde, en grupos reducidos al mínimo indispensable, en forma alternada y exclusivamente del personal domiciliado en la proximidad del establecimiento y del que se traslade sin utilizar transporte público;
- capacitación permanente en las recomendaciones sanitarias;
- cumplimiento estricto de protocolos de bioseguridad aprobados por este Ministerio y de normativas del COE.
ARTICULO 3°.- COMUNÍQUESE al COE. Regístrese y pase al Boletín Oficial para su publicación. Por Jefatura de Despacho, notifíquese a Secretaría de Gestión Educativa; Secretaría de Innovación y Calidad Educativa; Secretaría dé Equidad Educativa; Secretaria de Ciencia y Tecnología; Secretaría de Infraestructura Educativa; Sub-Secretaría de Coordinación Educativa; Dirección General de Administración, y por su intermedio a las Áreas, Direcciones y Jefaturas; bajo su dependencia. Cumplido, archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación