BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 23/10/20
RESOLUCION N° 103-SUSEPU/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 OCT. 2020.-
Cde. Expte. N° 0630-197/2020.-
VISTO:
Expediente del título caratulado: “CDE. NOTA GAF Nº 32/2020 EJE S.A R/ RESUMEN DE LOS IMPORTES DEL CARGO FOPEJ LIQUIDACION DEL MES DE ABRIL 2020…”; y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 083-SUSEPU-2020 (fs. 26/30) se aprueba la rendición presentada por EJE S.A. de lo percibido en concepto de Cargo FOPEJ correspondiente al mes de Abril del 2020.-
Que, se advierte, que en la parte resolutiva de la mencionada Resolución, se omitió establecer la suma de pesos que la Distribuidora deberá depositar a favor de la Secretaria de Energía del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, por lo que resulta necesario aclarar, sin alteración alguna de la citada Resolución.-
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Por los motivos citados en el exordio, por lo percibido en el cargo FOPEJ, con la deducción del Costo del Sistema Aislado Provincial, de la Cuota N° 21 de la Deuda de convergencia correspondiente al mes de Febrero 2020y afectación del Remanente Factura N° 0061-00012366, EJE S.A. deberá depositar la suma de Cinco Millones Ciento Cincuenta y Tres Mil Quinientos Nueve ($5.153.509) a favor de la Secretaria de Energía del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
ARTICULO 2º.- Publicar en Boletín Oficial. Elevar estas actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.- Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos y Depto. Legal. Cumplido archivar.-
Ing. Esp. Héctor Rafael Simone
Presidente
23 OCT. LIQ. 21518 $267,00.-