BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 16/10/20

RESOLUCION Nº 12-SGG/2020.-

EXPTE Nº 200-16/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ENE. 2020.-

VISTO:

La necesidad de reglamentar la compra de pasajes aéreos nacionales (o de cabotaje) requeridos por funcionarios dependientes del Gobierno Provincial, como así también titulares de entidades autárquicas, organismos descentralizados y empresas del Estado; y

CONSIDERANDO:

Que para ello es necesario disponer la creación de un Sistema Único de Compra de Pasajes Aéreos (S.U.C.P.A.), a través de la Dirección de Administración de la Gobernación, como medio de efectuar en forma electrónica todas las compras de pasajes aéreos;

Que corresponde designar como autoridad de aplicación de la presente Resolución a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA GOBERNACIÓN;

Que la medida a implementarse en materia de unificación de compra de pasajes aéreos es a los fines de contribuir a mejorar la eficacia, eficiencia en el uso de los recursos y la economía en el cumplimiento de los objetivos de las jurisdicciones y entidades del sector público,

Que por otra parte este Sistema tiende a cubrir las necesidades de traslados aéreos nacionales de sus agentes, funcionarios públicos y empleados contratados bajo cualquier modalidad y de transporte de terceros financiados con fondos públicos;

Que cuando la Dirección de Administración de la Gobernación, no cuente con vuelos nacionales directos o indirectos al destino requerido o carezcan de disponibilidad, o no brinden el servicio que se necesita para la fecha solicitada por las jurisdicciones y entidades del sector público provincial; deberá arbitrar los medios necesarios para el cumplimento del viaje previsto;

Que corresponde a la Secretaría General de la Gobernación entender en la organización y funcionamiento de la administración, procurando optimizar y coordinar los recursos financieros, por lo que le concierne la supervisión del cumplimiento de lo establecido en la presente, por intermedio de la Dirección de Administración de la Gobernación;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Créase el SISTEMA UNICO DE COMPRAS DE PASAJES AÉREOS NACIONALES (S.U.C.P.A.), para los agentes, funcionarios públicos y empleados contratados bajo cualquier modalidad que integran el sector público, organismos autárquicos, entidades descentralizadas, empresas del estado y de transporte de terceros financiados con fondos públicos; de conformidad a los motivos expresados en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Desígnase autoridad de aplicación del SISTEMA UNICO DE COMPRAS DE PASAJES AÉREOS NACIONALES (S.U.C.P.A.), a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA GOBERNACIÓN, organismo que informará mensualmente al Secretario General de la Gobernación la totalidad de los traslados efectuados durante el período mencionados en el acto administrativo de solicitud de compra de pasajes.-

ARTICULO 3°.- Las jurisdicciones y entidades que integran el sector público provincial deberán gestionar a través de la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DE LA GOBERNACIÓN la compra de pasajes aéreos nacionales de sus funcionarios, empleados o personal contratado bajo cualquier modalidad o de terceros cuyos traslados financiaran.-

ARTICULO 4°.- Facúltase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA GOBERACIÓN a dictar las disposiciones e instructivos y demás normas complementarias e interpretativas.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a conocimiento de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, siga a Contaduría de la Provincia para conocimiento, a la Dirección de Administración de la Gobernación a efectos de proceder a notificar a los organismos correspondientes, empresas del estado y entidades autárquicas y descentralizadas.-

 

C.P.N. Héctor Freddy Morales

Secretario General de la Gobernación