BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 16/10/20
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE OCTUBRE DE 2020.-
VISTO:
Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional, concordante con las del Poder Ejecutivo Provincial, las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (COE) y
CONSIDERANDO
Que, ante la propagación acelerada a nivel mundial del COVID-19 (coronavirus), en donde la situación epidemiológica fue cambiando, y es menester ampliar las medidas que se fueron adoptando a los fines de prevención, protección y profilaxis.
Que, la declaración del estado de emergencia sanitaria y epidemiológica dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial en consonancia con el Poder Ejecutivo Nacional sigue siendo de vital importancia evitar las aglomeraciones y reducir la circulación en los espacios públicos durante la emergencia epidemiológica COVID-19, a los fines de evitar posibles contagios y poder así, continuar con la baja de casos positivos a lo largo y a lo ancho de la Provincia de Jujuy
Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto-Acuerdo N° 696-S-20:
EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Modifíquese el Articulo N.°3 de la Resolución N° 65 de fecha 14 de octubre del corriente año que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3°.- Déjese sin efecto las Resoluciones N° 4, 12, 13, 17, 18, 22, 23, 41, 45, 46, 52, 55, 56 emanadas por este Comité Operativo de Emergencia.”
ARTICULO 2°.- Ratifíquese en todos sus términos la Resolución N° 5 de fecha 17 de marzo del corriente año, emanada de este Comité Operativo de Emergencia.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, pase al Boletín Oficial para su publicación Integral. Cumplido, archívese.-
Dr. Omar Alberto Gutiérrez
Coordinador Operativo
COE Jujuy