BOLETÍN OFICIAL Nº 111 ANEXO – 16/09/20
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 08/2020.-
“Ref: Creación del “Fondo Solidario para la Emergencia Sanitaria”.-
VISTO:
El estado de emergencia sanitaria ocasionado por el COVID-19; y
CONSIDERANDO:
Que atento la gravedad de la rápida propagación del COVID-19 (Coronavirus) y el consecuente riesgo para la salud pública, surge necesario hacer frente a la gravosa situación económica y financiera que atraviesa la Municipalidad lo que amerita tomar medidas paliativas que mitiguen, en alguna medida, la emergencia sanitaria.-
En el sentido expuesto, la creación de un fondo solidario derivado de descuentos a realizarse al Intendente y Concejales Municipales, construiría una colaboración indispensable para mejor en lo posible, las condiciones en que debe prestarse el servicio público municipal para mitigar y erradicar el virus como asimismo para cooperar con las personas que lamentablemente han contraído la enfermedad y que requieren asistencia inmediata.-
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
Artículo 1º: Créase el “Fondo Solidario para la Emergencia Sanitaria” que se integrará con el aporte solidario de parte de las remuneraciones del Intendente Municipal y Concejales, equivalente a la suma de $10.000,00 por cada uno. Los fondos previa retención por el Área de Hacienda, serán administrados por el cuerpo de concejales juntamente con el Encargado de Compras y en coordinación con el Área de Salud y Desarrollo Humano todos de la Municipalidad de Puesto Viejo, siendo destinados en la medida que le fueren solicitados para la adquisición de medicamentos, insumos, mercadería, gastos de transporte y demás elementos indispensables para colaborar con la población de Puesto Viejo afectada por la enfermedad del COVID-19.-
Artículo 2º: “El Fondo Solidario para la Emergencia Sanitaria” tendrá vigencia mientras rija el Estado de Emergencia Sanitaria establecido por el Gobierno Nacional, facultándose al Poder Ejecutivo a disponer su prolongación en el tiempo, de conformidad con el mérito que realice del estado de situación que lo justifico.-
Artículo 3°: Disponer que Dirección de Hacienda opere el procedimiento necesario a los fines dispuestos en la presente.-
Artículo 4º: Remítase al Departamento Ejecutivo para su efectiva aplicación y cumplimiento, regístrese. Cumplido. Archívese.-
Sala de Sesiones, 03 de Septiembre de 2020.-
Lic. María Amanda López
Presidente