BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 14/09/20

RESOLUCION N° 63-COE/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 de Septiembre  de 2020.-

VISTO:

Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional, concordante con las del Poder Ejecutivo Provincial, las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (COE) y;

CONSIDERANDO:

Que, en este marco, las medidas previstas en las normativas dictadas se encuadran en la acción decidida del Gobierno Provincial y del COE para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud;

Que, es imprescindible llevar un control de todos los trabajadores mineros que ingresan y egresan del territorio jujeño en cumplimiento de sus actividades laborales en las distintas empresas mineras del País.

Que, resulta necesario aliviar las gestiones administrativas de los miembros del COE a los efectos de brindar una respuesta ágil a las peticiones y consultas de las mencionadas empresas en lo que respecta a la emergencia epidemiológica COVID-19.

Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto Acuerdo N° 696-S/2020.-

EL COMITÉ OPERARTIVO DE EMERGENCIA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Autorícese al Secretario de Minería e Hidrocarburos, Dr. Miguel Mauricio Soler, D.N.I. N° 22.890.055, a suscribir notas y/o autorizaciones de ingreso a la Provincia de Jujuy, que fueran peticionadas por empresas o toda persona relacionada a la actividad minera exclusivamente.-

ARTICULO 2°.- Establezcase que las notas y/o autorizaciones emitidas dentro del marco de esta Resolución deberán ser analizadas por el área legal y/o la que corresponda previa suscripción de la misma.-.

ARTICULO 3°.- Regístrese, pase al Boletín Oficial para su publicación Integral. Cumplido, archívese.-

 

Dr. Omar Alberto Gutiérrez

Coordinador Operativo

C.O.E. Jujuy