BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 27/04/16
EXPTE. Nº 660-128/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 FEB. 2016.-
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCIÓN
RESULEVE:
ARTÍCULO 1º.-Modificase el Articulo 1º de la Resolución Nº 72-P- de fecha 22 de junio de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera y por las razones expresadas en el exordio:
“ARTÍCULO 1º.-Dejase constituida en el ámbito de la Secretaría de Economía Popular del Ministerio de Desarrollo Ecómico y Producción la UNIDAD EJECUTURA PROVINCIAL U.E.P, en el Marco dispuesto por el Artículo 22º del Decreto Nº 1031/02 Reglamento de la Ley Nacional Nº 25.422 y adherida la Provincia de Jujuy mediante Ley Nº 5304/02”.
ARTÍCULO 2º.-Déjase establecido que la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL-U.E.P., ejercerá su competencia dentro del territorio de la Provincia con los deberes y funciones que surgen del convenio Nº 112/13, suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Jujuy.-
C.P.N. Juan Carlos Abud
Ministro de Desarrollo Económico y Producción