BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 26/08/20

RESOLUCION N° 90-MA/2020.- 

San Salvador de Jujuy, 24 Ago. 2020.-

VISTO Y CONSIDERANDO: 

Que, el Comité Operativo de Emergencia dispuso el 23/08/2020, que la ciudad de San Salvador de Jujuy se incorpora al área roja del mapa epidemiológico y que, además, junto a Palpalá, retornan a la Fase 1estricta, por el término de siete días.-

Que, la medida se adopta ante el aumento en la cantidad de casos de contagios registrados en los últimos días.-

Que, ante las últimas disposiciones emitidas por el COE y los casos positivos de COVID 19 registrados en miembros del Ministerio de Ambiente -y producidos fuera del ámbito laboral-, es necesario adoptar rigurosas medidas de prevención para contrarrestar el riesgo de contagio en el ámbito laboral y dar cumplimiento a los protocolos que, para tales supuestos, fueron aprobados oportunamente.-

Por ello;

LA MINISTRA DE AMBIENTE 

RESUELVE: 

ARTICULO N° 1.- Suspender desde el día Lunes 24 de agosto hasta el Viernes 28 de Agosto incluido, las actividades que se realizan en las instalaciones del Ministerio de Ambiente, ubicadas en calle República de Siria N°147 y 150.-

ARTICULO N° 2.- Los funcionarios, el personal jerárquico y con responsabilidades de las diferentes unidades de organización del Ministerio continuarán sus labores a través de la modalidad home office y deberán establecer un esquema similar de trabajo con sus equipos técnicos.-

ARTICULO N° 3.- Se garantiza la prestación de las actividades y servicios esenciales realizados en el Centro de Atención de la Fauna Autóctona de Jujuy – CAFAJU, Psicultura del Parque Provincial Potrero de Yala, Brigada de Incendios Forestales y la gestión de cuestiones que la Unidad Ministro le otorgue el carácter de urgente tratamiento.-

ARTICULO N° 4.- Disponer que la Dirección General de Administración en cumplimiento del Protocolo aprobado por Resolución Administrativa N° 68-2020-MA, Anexo IV,” Detección de Casos Sospechosos”, realice las gestiones necesarias para que se proceda a la desinfección de todas las instalaciones del Ministerio de Ambiente.-

ARTICULO 5.- Suspender el cómputo de los plazos procesales administrativos por el período especificado en el precedente Artículo 1.-

ARTÍCULO 6.- Regístrese por Despacho. Publíquese por el término de un (1) día en el Boletín Oficial y en la página web del Ministerio de Ambiente. Por Dirección de Educación y Comunicación Ambiental dese amplia difusión a lo prescripto en el presente resolutivo.  Comuníquese a todos los funcionarios del Ministerio de Ambiente y al Gerente General de la Empresa GIRSU S.E… El Área Personal notificará a los agentes administrativos que correspondan. Cumplido, archívese.-

 

  1. Soc. María Inés Zigarán

Ministra de Medio Ambiente