BOLETÍN OFICIAL Nº 100 ANEXO – 21/08/20
Ordenanza Nº 189 Concejo Deliberante de Yala –2020
Afectación de inmueble a la función de cementerio
CONSIDERANDO:
Que Lozano es la localidad más poblada de la jurisdicción municipal y hace algunos años el cementerio local se encuentra al límite de su capacidad;
Que hay un terreno colindante al cementerio que actualmente figura como “calle” pese a no tener ese destino y carecer de sentido la apertura de una calle en ese lugar por ser imposible su conexión con otro inmueble o espacio público;
Por ello, a los fines de ampliar la capacidad del cementerio de Lozano, se amplía una fracción que será administrada por el Municipio de Yala y coexistirá con el cementerio ya existente administrado por el Centro Vecinal.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA SANCIONA COMO ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Afectar a la utilización como cementerio municipal a la fracción de inmueble de aproximadamente 645 metros cuadrados que se encuentra detallado en el plano anexo que forma parte de la presente, colindante al inmueble padrón A-89.315 (cementerio de Lozano) y con a las vías del ferrocarril.-
ARTÍCULO 2º.- El cementerio municipal se regirá por la Ordenanza General de Cementerios Nº 128/18 CCY.-
ARTICULO 3º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. –
San Pablo, sala de sesiones, a los 18 días del mes de agosto del 2020.-
Santiago Bejarano
Presidente