BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 21/08/20

RESOLUCION Nº 001655-S/2020.-

EXPTE Nº 780-219/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2020.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de CUATRO (4) cargos de TÉCNICOS EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD -Agrupamiento Técnico para el Área Programática Nº XXII- HOSPITAL “SAN ISIDRO LABRADOR” de la Localidad de MONTERRICO. Región VALLE, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 02 obra solicitud formal de la Dirección Pcial. De Atención Primaria de la Salud;

Que, la Coordinación Recursos Humanos acredita la disponibilidad de los cargos a cubrir,

Que, a los fines de la cobertura de cargos de Técnico en Agente Sanitario rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S/16 y su modificatoria Resolución Nº 1211-S/2020;

Por ello;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Dirección Provincial de Capital Humano a llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION – CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S/16, y Resolución Nº 1211-8/2020, para la cobertura de los siguientes cargos:

Área Programática Nº XXII

HOSPITAL “SAN ISIDRO LABRADOR”

CUATRO (4) CARGOS DE TÉCNICO EN AGENTE SANITARIO Y

PROMOTOR DE LA SALUD

CATEGORIA 10 (c-4)

AGRUPAMIENTO TÉCNICO

ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia del Titulo y Analítico de Técnico Superior en Agente Sanitario y Promotor de la Salud expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.
  2. Fotocopia Constancia de Matricula emitida por el Ministerio de Salud
  3. Fotocopia Documento Nacional de Identidad
  4. Planilla Prontuarial actualizada (Valide seis (6) meses desde la fecha de emisión)
  5. Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
  6. Constancia de Cuil
  7. Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal
  8. Curriculum Vitae Nominal, con la Documentación Personal y de Capacitación acreditante y firmado en todas sus hojas por el postulante.
  9. Acreditar antecedente de reemplazo o contrato en el cargo que se concursa en la U. de O, Para el caso de beneficiarios del Programa Hilando Redes, se deberá acreditar mediante la pertinente certificación de servicios.
  10. Documentación respaldatoria que acredite fehacientemente localidad donde se concursa el cargo (Factura de Servicio, Documento Nacional Identidad actualizado, etc.).

ARTICULO 3.- Los requisitos previstos en el articulo 2 inc. 4 y 5, excepcionalmente y atento a la emergencia sanitaria existente, no revisten el carácter de excluyente, en la instancia de la evaluación de antecedentes. Sin perjuicio de ello, en caso de resultar ganador deberá dar cumplimiento con los mismos.-

ARTICULO 4º.- En relación a los requisitos en el artículo 2 inc, 7, excepcionalmente y atento a la emergencia sanitaria, serán gestionados ante los organismos correspondientes por la Coordinación de Recursos Humanos.-

ARTICULO 5º.- Se establece el siguiente cronograma:

-Apertura de Inscripción:               25 de agosto de 2020

-Cierre de Inscripción:                   08 de septiembre de 2020

-Ejecución del concurso:                28 de septiembre de 2020

ARTICULO 6°.- Los postulantes deberán efectuar la inscripción virtual en la página Web del Ministerio de Salud www.msaludjujuy.gov.ar en el plazo previsto en el artículo 5, en conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 1211-S/2020.-

ARTICULO 7º.- La documentación personal, antecedentes de capacitación y laborales agregados en la inscripción virtual por el postulante, deben ser claramente legibles y no surgir dudas algunas sobre autenticidad. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de Declaración Jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 8°.- El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la presentación en copia certificada y actualizada de la documentación personal agregada al momento de la inscripción, en caso de que la misma no estuviera autenticada, deberá concurrir con el original para proceder a la correspondiente constatación certificación.-

ARTICULO 9°.- La documentación requerida en el articulo anterior deberá ser presentada en el plazo previsto al momento del ofrecimiento del cargo, en el Área Administrativa de la Dirección Pcial. De Capital Humano, sito en Avda. Italia Esq. Independencia, en el horario de 8.00 a 13.00.-

Vencido el plazo que se estipulare, sin haber dado cumplimiento a lo solicitado, se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de merito.

ARTICULO 10º.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe

ARTICULO 11º.- La inscripción conlleva la obligación para los interesados que, una vez Iniciado el tramite, deberán mantenerse informados sobre las novedades del concurso, que se publicará en la Página web www.msaludjujuy.gov.ar. Cada inscripto deberá constituir domicilio real e informar correo electrónico a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, a la que reconocer expresamente como válida a todo efecto, sin prejuicio de la publicación que se efectúa mediante las carteleras habilitadas y la Página WEB respectiva

ARTÍCULO 12º.- No podrán participar del presente concurso:

  • Quienes tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.
  • Personal de Planta Permanente en Unidades de Organización dependientes del Ministerio de Salud.

ARTÍCULO 13º.- El Tribunal está constituido de la siguiente forma:

1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD. Dirección Pcial. De Capital Humano:

TITULAR: DRA. SILVANA ORTIZ

                  SUPLENTE: DRA. MARIANA CRUZ

2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “SAN ISIDRO LABRADOR”

TITULAR: DRA. SANDRA MABEL QUINTOS

                  SUPLENTE: DRA. MARTA SUSANA CARDOZO

3.- EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE A.P.S.:

TITULAR: LIC. PABLO SEBASTIÁN LUZCUBIR

                  SUPLENTE: LIC. HUGO JONÁS PRIETO

ARTÍCULO 14º.- Podrán participar en el proceso de selección sin voz ni voto carácter de veedor, un representante de la asociación gremial que agrupe a la especialidad concursada. La participación de los veedores no es condicionante de las reuniones que mantengan el Tribunal, quienes deberán acreditar tal condición mediante la respectiva constancia emitida por la Asociación Gremial que representa.-

ARTÍCULO 15º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución, con las excepciones previstas en los artículos 3 y 4.-

2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.. 3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedar supeditado al cumplimiento de lo previsto en los artículos 8 y 9 de la presente resolución, y a la presentación del Examen de Aptitud Psicofísico, el que se deberá realizar una vez que las medidas de emergencias sanitarias dispuestas por el Decreto Acuerdo N.º 696-S/2020 lo permitan.-

Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Buses de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución N° 000618-S/16) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTICULO 16º.- Los agentes que aceptar el ofrecimiento del cargo de conformidad a la orden de mérito, quedarán sujetos a la asignación de las siguientes funciones:

En CAPS y CIC del AREA PROGRAMÁTICA N° 22, DEPENDIENTE DEL HOSPITAL “SAN ISIDRO LABRADOR” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.

  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
  • Asignadas por el jefe superior inmediato según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.
  • De docencia y capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 17º.- Los ganadores de los cargos podrán solicitar traslado de cargo y persona, permuta, luego de transcurridos 5 (cinco) años de su designación efectiva, siempre que las necesidades de los servicios lo permite, y no se resienta la Asistencia Sanitaria que se brinda a la población de la Región.-

ARTICULO 18°.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase las actuaciones a la Dirección Provincial de Capital Humano para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Salud, de Coordinación de General, a las Subsecretario de Atención Prevención y Promoción de la Salud y Operativa, a las Direcciones Provinciales de Capital Humano, de Hospitales, de A.P.S., y al Hospital San Isidro Labrador”, Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina y ATE, Cumplido, archívese.-

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro de Salud