BOLETÍN OFICIAL Nº 91 ANEXO – 31/07/20
DECRETO N° 532-G-2020.-
Ciudad Perico, 29 de Julio de 2020.-
VISTO:
La Ordenanza N° 1375/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 28/07/2020;
CONSIDERANDO:
Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico, ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1375/2020, la cual se ha dictado en el marco de la Emergencia Sanitaria y vuelta a Fase 1 dispuesta por el Gobierno de la Provincia y el DECNU 605/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
Que, en tal sentido la norma mencionada tiene por objeto dar cumplimiento en el ámbito del Concejo Deliberante con las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio vigentes, en pos de garantizar el funcionamiento del Órgano Deliberativo en la presente situación de excepcionalidad.
Que, a tal efecto se estipula la presentación online de proyectos, y la realización de Labor Parlamentaria y Sesiones Ordinarias de manera virtual mediante la aplicación Zoom, entre otras cosas.
Que, el funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante en el marco de la presente emergencia sanitaria y epidemiológica resulta de trascendental importancia.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 67 (Inc. 2 y cc) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde:
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Promúlguese la Ordenanza N° 1375/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 28/07/2020.-
ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido archívese.
Lic. Luciano Demarco
Intendente