BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 17/06/20

Superior Tribunal de Justicia.- (Libro de Acordadas N° 23, Fº 154, Nº 65).- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los once días del mes de junio de dos mil veinte, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores Sergio Marcelo Jenefes, Clara A. De Langhe de Falcone, Sergio Ricardo González, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal y,

Consideraron:

Que mediante Acordada Nro. 81 del doce de mayo de 2016 se aprobó el Reglamento de presentación y consulta de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy conjuntamente con los formularios de “Declaraciones jurada patrimonial integral (Anexo público)” y su “Anexo reservado”.

Que el Art. 4º de la Acordada Nº 81/16 dispuso que: “Los sujetos obligados, deberán presentar la declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles judiciales siguientes a la fecha de asunción del cargo y del cese en las funciones, y anualmente, entre el 1 de abril y el 31 de mayo. Con la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de ingreso, el magistrado o funcionario designado estará exento de presentar su declaración correspondiente a la actualización anual de ese año”.

Asimismo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en varias oportunidades decidió prorrogar el vencimiento de los plazos para el cumplimiento de esta obligación (Resoluciones AFIP Nº 4258/18; 4468/19, 4721/20 etc.).

Atento ello y siendo que magistrados y funcionarios de este Poder Judicial se encuentran sujetos a dicha normativa, resulta conveniente por cuestiones operativas acoplarse a los mismos plazos estipulados por AFIP.

Por ello, en uso de sus facultades reglamentarias, el Superior Tribunal de Justicia,

Resuelve:

1) Prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial hasta el día 31 de julio del 2020, conforme a lo dispuesto en los considerandos.-

2) Registrar, dejar copia en autos y comunicar a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia, publicar por un día en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de Jujuy.-

 

Dr. Sergio Marcelo Jenefes

Presidente

17 JUN. S/C.-