BOLETÍN OFICIAL Nº 68 ANEXO – 08/06/20

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 374 – H – 2020

Ciudad Perico, 21 de Abril del 2020.-

VISTO:

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Sr. Presidente de la Nación mediante DECNU N° 297/2020 y prorrogado por sucesivos decretos presidenciales que se fueron emitiendo desde entonces; la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica declarada, en concordancia, por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 696- S-2020; el Decreto Acuerdo Municipal N° 335-G-2020, y demás normativa sancionada en el marco de la situación de emergencia sanitaria que se está viviendo en el mundo; y

CONSIDERANDO:

Que, en razón de dicha situación de emergencia, se produjo una limitación en la circulación de personas con el consecuente impacto en la economía, afectando a las empresas, a las actividades independientes y al empleo.

Que se observa que el impacto en la actividad económica ha venido profundizándose como consecuencia de las sucesivas prorrogas de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y que esta realidad afecta de manera inmediata y aguda a las empresas asi como a distintos segmentos de trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia e independientes.

Que, a raíz de la situación de emergencia a la que se viene haciendo referencia, no solo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a Ia protección de la salud pública sino también coordinar esfuerzos para morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre la actividad economica.

Que, en efecto, este Departamento Ejecutivo no puede pasar por alto la grave situación económica que Ia presente emergencia sanitaria ha generado en muchos sectores empresarios y, en tal sentido, dentro de sus competencias, debe contemplar la adopción de medidas destinadas a palear tal situación.

Que, en el marco reseñado, se estima procedente establecer beneficios fiscales tendientes a morigerar el impacto que el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ha generado en la economía local.

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones.

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Dispóngase una QUITA EXEPCIONAL del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre los cánones locativos vigentes por alquiler de los locales pertenecientes a la Municipalidad de Perico ubicados en calle Villafañe, Estación Terminal de Ómnibus, B° 23 de Agosto. –

ARTICULO 2°.- El mencionado beneficio regirá exclusivamente por los meses de abril y mayo del corriente año, siendo condición de acogimiento al mismo encontrarse al día con los pagos y abonar los periodos referidos hasta el día Viernes 22 de Mayo del 2020, inclusive.-

ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Hacienda, CPN Luciana Baleriano.-

ARTICULO 4°.- Atento a lo dispuesto por el Art. 68 inc. 8, elévese al Concejo Deliberante a sus efectos.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese a las distintas secretarias. Tomen razón Dirección de Rentas Municipal, Contaduría, Tesorería, a los efectos pertinentes. Dese amplia difusión. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido, archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente