BOLETÍN OFICIAL Nº 67 ANEXO – 05/06/20

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO ACUERDO N° 364-G-2020.-

Ciudad Perico, 30 de Marzo de 2020.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 045-G-2019, el DECNU N° 297/2020 y sucesivos emitidos por el Sr. Presidente de la Nación en el marco de la presente emergencia sanitaria y epidemiológica por el COVID-19, y demás normativa sancionada en el marco de la presente situación de excepcionalidad; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo Cuarto del Decreto Acuerdo 045-G-2019 dispone: “Se deja constancia que el presente decreto se dicta, sin perjuicio de lo que luego pueda disponerse una vez que esta Administración Municipal evalué la situación económica, financiera y laboral del municipio de esta ciudad, y la situación particular de cada uno de los agentes municipales afectados por el presente decreto”

Que, con posterioridad a la decisión adoptada, este Poder Ejecutivo Municipal mantuvo numerosas reuniones no solo con las diferentes entidades gremiales sino también con trabajadores no agremiados en forma individual.

Que, la Dirección de Recursos Humanos mancomunadamente con las diferentes Secretarias y Direcciones dependientes de este Municipio, realizo un análisis objetivo, profundo y pormenorizado de la situación particular de cada uno de los agentes de Planta Permanente, Jornalizado, Eventual, Contratado y Personal Jerárquico; afectados por la decisión adoptada, teniendo en consideración a tal efecto las listas presentadas por los diferentes Gremios.

Que, de tal análisis surgió claro y evidente que agentes efectivamente han venido prestando tareas, de manera continua y regular, en la Municipalidad de Perico; quienes en cambio no poseen registros de prestación de tareas ni presentación en sus respectivos puestos de trabajo; así como quienes han reunido las condiciones previstas por la normativa provincial y municipal vigente para acceder al beneficio de Pase a Planta.

Que, este Poder Ejecutivo Municipal, no puede sostener las medidas ni los compromisos asumidos por la gestión anterior, toda vez que hacerlo implicaría consentir la conculcación de las previsiones de la Ley Provincial N° 5427/04 “Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal”; además de un impedimento para poder garantizar la prestación de los servicios básicos municipales para el bien de toda la comunidad de Perico. Lo cual claramente, no fue considerado ni tenido en cuenta por la gestión saliente al momento de disponer la designación de personal en planta permanente.

Que, más allá que se han conculcado severamente las disposiciones de la Ley N° 5427/04, esta Administración Pública, durante el transcurso de estos meses ha realizado un gran esfuerzo por sostener las fuentes de trabajo, así fue que los trabajadores que efectivamente prestaban servicios en el Municipio han continuado brindando tareas y esta Administración ha abonado los salarios en tiempo y forma, por lo tanto, corresponde regularizar la situación de los trabajadores de conformidad con la normativa vigente.

Que, resulta pertinente destacar que esta Administración Pública ha protegido las fuentes de trabajo, garantizado el pago de los salarios en tiempo y forma, y que los agentes estatales han cumplido con sus obligaciones laborales y por ello corresponde el dictado del presente decreto,

Que, la actual situación de emergencia sanitaria y epidemiológica por el COVID-19, ha impuesto a las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la obligación de priorizar la salud por encima de la economía. Esto, ha generado consecuencias económicas sin precedentes no solo en nuestro país sino en todo el mundo.

Que, en tal marco, la preservación de puestos trabajo, resulta fundamental a fin de evitar un agravamiento de la actual situación, ya que no solo se estaría priorizando el sostén familiar, sino que también tal situación en el futuro cercano será fundamental para una pronta recuperación y reactivación de la economía local.

Que, así lo hizo saber y lo solicito públicamente el Sr. Presidente de la Nación, pidiendo solidaridad, compromiso y colaboración a los Gobernadores Provinciales, Intendentes y Comisionados Municipales de todo el país.

Que, este Departamento Ejecutivo no ignora lo planteado, y es consciente de que la fuente de trabajo que desde esta Municipalidad se genera, es fundamental para la subsistencia y sustento de muchas familias periqueñas.

Que, gran parte de la comunidad de Perico, reclama y espera de este Poder Ejecutivo un cambio de paradigma en la administración municipal, y para ello, de una vez por todas se hace necesario comenzar a garantizar el bien común, por encima de todo interés particular, sin que ello implique vulnerar el derecho de los trabajadores.

Que, por lo expuesto se hace necesario redoblar esfuerzos, a fin de garantizar la continuidad laboral de aquellos trabajadores municipales que fueron objeto de especulaciones y engaños políticos, como de actuaciones administrativas contrarias a la ley (ejecutadas por la gestión saliente), y en definitiva no tienen otro interés más que el preservar su fuente de trabajo y contribuir al cumplimiento de los objetivos de la gestión municipal.

Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Art. 67 Inc. 23 dispone que es atribución del Sr. Intendente: “Adoptar, gestionar, y resolver en la forma y condiciones que sea de su competencia, todo cuanto atañe a su gestión de Intendente, respecto de las personas y cosas sometidas a su jurisdicción a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.”

Que, en razón de la gravedad institucional que la cuestión tratada representa para el Municipio, y en virtud de que la resolución a adoptar generara consecuencias jurídicas en los diferentes ámbitos del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad se estima prudente la emisión del presente Decreto Acuerdo.

Que, el presente acto administrativo, se realiza a fin de proteger las fuentes de trabajo, garantizar la prestación de tareas y dar seguridad jurídica a un total de 106 agentes municipales, a fin que puedan continuar prestando servicios, contando con el presente acto administrativo correspondiente que otorga certidumbre jurídica.

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en Acuerdo con las Secretarios Municipales:

DECRETA;

ARTICULO 1°: INCORPORASE a partir del 01 de Enero de 2020, a la Planta de Personal Permanente de la Municipalidad de Perico, en la Categoría 1(uno) del Escalafón General dispuesta para el Personal de la Administración Pública Provincial a los agentes consignados en el ANEXO 1 que forma parte integrante del presente decreto.-

ARTICULO 2°: Por Dirección de Recursos Humanos notifíquese de lo dispuesto a los Interesados, y a Contaduría, Tesorería, y Liquidación de Sueldos a sus efectos. –

ARTICULO 3°: Comuníquese lo dispuesto a todas las áreas intervinientes del Departamento Ejecutivo Municipal, Remítase al Concejo Deliberante a a los efectos de prestar el acuerdo pertinente, Publíquese en el Boletín Oficial. Dese a los registros Oficiales. Dese el curso correspondiente. Cumplido Archívese.

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente

 

ANEXO 1.-

1 2677 ACOSTA MIRIAM DELIA
2 33511 AGUILAR NELIDA ALEJANDRA
3 33407 AIZAMA SEBASTIAN FRANCO
 4 33374 ALMAZAN MATIAS GUILLERMO
5 33512 ALTAMIRANO CESAR DANIEL
6 33508 ALTAMIRANO LAURA INES
 7 33405 ALVAREZ JULIO HECTOR
 8 32878 AMPUERO BEATRIZ ANA
 9 33390 ARANDIA GILDA LUCRECIA
10 33371 ARAUJO DANIELA ALEJANDRA
11 33472 ARROYO MARCELO ANDRES
12 33408 AZUA DANIEL OMAR
13 33455 BALTAZAR DANIEL CESAR
14 32393 BEJARANO MARIO EDUARDO
15 33398 BRAVO RAMON DANIEL
16 33475 BURGOS EDITH
17 33212 CABALLERO CARLA GIULIANA
18 32899 CALDERA CESAR ALEJANDRO
19 33509 CAMACHO FREYRE JAVIER ALEXANDER
20 33399 CARDOZO ALEJANDRO ESTEBAN
21 33334 CARDOZO CRISTIAN MARCELO
22 33333 CARDOZO FEDERICO MARCIAL
23 33409 CARDOZO SANTOS ARMANDO
24 33410 CARMONA SERGIO FERNANDO
25 33442 CARRIZO LORGIO DANIEL
26 32895 CASON NATALIA IVONE
27 33397 CHOQUE CARLOS ALBERTO
28 33411 CHOROLQUE JOAQUIN LEONEL
29 33412 CIARES CARLOS ,JOSE EDUARDO
30 33406 CONDORI CANO DAVID LEONEL
31 33340 CORTEZ YAMILA LORENA
32 32900 CRUZ ENRIQUE ALBERTO
33 33413 DIAZ BRIAN JOEL
34 33476 ESCALANTE DANIELA MARIA DE LOS ANGELES
35 33414 EVANGELISTA ALBERTO VICTOR ARMANDO
36 33465 FARFAN GABRIELA IVANA
37 33054 FARFAN MIGUEL ARMANDO
38 33532 FERNANDEZ CARLOS LUCIO
39 33415 FERNANDEZ CLAUDIO GABRIEL HORACIO
40 33416 FLORES ADRIAN FERNANDO
41 33417 FRANCO MARIA NOEMI
42 33477 GARCIA FABIO FERNANDO
43 33510 GARCIA GISELA DEL VALLE
44 33482 GIMENEZ MARTIN MATIAS
45 33503 GONZA NORMA PATRICIA
46 33443 GONZALEZ CRISTIAN GUSTAVO
47 33417 GONZALEZ CRISTIAN RICARDO
48 33517 GUERRA VANESA DEL VALLE
49 33532 GUTIERREZ JHONATAN ANTONIO
50 33403 GUTIERREZ RODRIGUEZ GHOVANY MELI
51  33400 HAURIE DARIO ROBERTO EDUARDO
52 33402 HOYOS RODRIGO EZEQUIEL
53 33419  IRIARTE DARDO ISMAEL
54 33205 JUAREZ JAVIER ESTEBAN
55 33386 JURADO MARIO ALEJANDRO
56 33433 LLANOS ALAN NELSON
57 33432 LOBO ZAIDA EMILCE
58 33474 LOPEZ FRANCO EZEQUIIEL
59 33420 LUNA CLAUDIO RAMON
60 33346 MAMANI MIRIAM MAGDALENA
61 33370 MANSILLA MILTON SEBASTIAN
62 33485 MARTIN LAURA AGUSTINA
63 33328 MARTINEZ ARTURO CESAR
64 32977 MARTINEZ JUAN JOSE
65 33469 MARTINEZ NOELIA ELIZABET
66 33434 MEALLA GISELA JIMENA
67 33421  MENDOZA JULIO DARIO NICOLAS
68 32877  MENDOZA SONIA ANDREA
69 32885 MIRANDA CRISTINA DEL MILAGRO
70 33422  MIRANDA LUIS SANTIAGO
71 33444  MOLINA FERNANDO LUIS DANIEL
72 33437 MONTOYA JUDITH YESICA
73 33423 MORALES MAURICIO MARCELO
74 33507 NYMAN GABRIELA VANESA
75 33344 OLIMPIO ADRIANA VANESA
76 33468 ORTEGA NORMA
77 32650 PARRAGA ZULMA LUZ
78 32888 PERALTA NADIA ANABEL JIMENA
79 33464 PUCA FABIAN HERNAN
80 33329 PUCA MIRTA MABEL
81 33195 RIVERO RENE
82 33462 ROBLES CAROLINA JUDITH
83 33466  RODRIGUEZ ISMAEL
84 32896 RODRIGUEZ CARLOS SEBASTIAN
85 33347 RODRIGUEZ GUILLERMO SEBASTIAN
86 33043  RODRIGUEZ IRMA
87 33438  RODRIGUEZ TEJERINA MARISOL PAOLA
88 33445 ROMERO JUAN CARLOS
89 33424 RUIZ CARLOS ANTONIO
90 32889  RUIZ SEBASTIAN DURBAL
91 33267 SAAVEDRA MONICA LEONOR
92 33489 SALAZAR JAVIER GUSTAVO
93 33467 SALAZAR MARCELO DANIEL
94 33478 TEJERINA CINTIA ELIZABETH
95 33426 TEJERINA VICTOR RAMON
96 33470 TELLO ARIEL FEDERICO
97 33427 TESEYRA FRANCO GINO ANTONIO
98 33428 TOLABA ALFREDO FABIAN
99 33404 TOLABA FRANCO LEANDRO
100 33298 TORRES ANGELICA BEATRIZ
101 33395 TORRES SILVIA NORMA
102 33463 TORREZ MONDOCORRE HILDA MARISA
103 33456 VASQUEZ MIGUEL ANGEL
104 33471 VERGARA BRUNO EMANUEL
105 33429 VILCA RUBEN ORLANDO
106 33393 VILLALBA ELIZABET SOLEDAD

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente