BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 15/05/20

RESOLUCION N° 059-SUSEPU/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAY. 2020.-

Cde. Expte. N° 0630-113/2020.-

VISTO:

Expediente de referencia caratulado: “REGLAMENTACION DECRETO Nº 11241-ISPTYV-2019 SUBSIDIO EN LA TARIFA DE ENERGIA ELECTRICA PARA LOS CLUBES DE BARRIO Y PUEBLOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY.” y

CONSIDERANDO:

Que, por error involuntario de tipeo se omitió expresar, en el art. 1° de la Resolución N° 35-SUSEPU-2020, que el subsidio en la Tarifa Social para Clubes de Barrio y Pueblos radicados en la Provincia de Jujuy es sobre el precio estabilizado de la energía (PEE) determinado por la Secretaría de Energía, o el Organismo que en el futuro la reemplace.-

Por ello, en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Reemplácese el Artículo 1° de la Resolución N° 035-SUSEPU-2020 de fecha 10 de Marzo del 2020 por el siguiente: “ARTICULO 1°.- Disponer para los Clubes de Barrio y Pueblos radicados en la Provincia de Jujuy, con carácter transitorio, un subsidio en la tarifa del servicio de energía eléctrica para los primeros 350 kWh-mes del 100% del precio estabilizado de la energía (PEE) determinado por la Secretaría de Energía, o el Organismo que en el futuro la reemplace y para el excedente hasta los 2000 kWh-mes del 50%  del precio estabilizado de la energía (PEE) determinado por la Secretaría de Energía, o el Organismo que en el futuro la reemplace.-”

ARTÍCULO 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Notificar a EJE S.A. y Secretaría de Deportes de la Provincia. Remitir copia a conocimiento del Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda, Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura de la Provincia, Defensoría del Pueblo de la Provincia. Pasar a las Gerencias Técnica de Servicios Energéticos, del Usuario y al Departamento Legal. Cumplido archivar.-

 

Ing. Esp. Héctor Rafael Simone

Presidente

15 MAY. LIQ. N° 20620 $267,00.-