BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 29/04/20

RESOLUCIÓN N° 57-MA/2020.-

San Salvador de Jujuy, 6 de Abril de 2020. –       

VISTO:

El Artículo 41 de la Constitución Nacional, el Artículo 22 de la Constitución Provincial, Ley N° 5954 modificada por Ley N° 6048; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Nacional establece en su artículo 41 que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.

Que, asimismo la Constitución de la Provincia de Jujuy en su Artículo 22 prescribe que todos los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber de defenderlo y le incumbe, según lo establece el inciso 2 de la norma, la actividad de promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales, y propender de manera perseverante y progresiva, a mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes.

Que, en ese marco la legislatura provincial sanciona la Ley N° 5954, de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos-Creación del Plan Pachamama te Cuido-Institucionalidad del Plan Empresa GIRSU S.E., cuya Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Ambiente y en la cual se establecen los principios y obligaciones básicas de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios que se generen en el ámbito territorial de la Provincia de Jujuy.

Que desde el 22 de Marzo, (Día del Agua) al 22 de Abril,  (Día de la Tierra), en Argentina se lleva a cabo el mes del Compostaje.

Que, el compostaje es una técnica de biotransformación de la materia orgánica de los RSU orgánicos, en condiciones adecuadas de aireación, humedad y temperatura que se transforma en un soporte para el mantenimiento de la fertilidad del suelo y, consecuentemente para la distribución agrícola sostenible.

Que,  el  compost  no  es  solo  una  opción  para cuidar  el planeta sino también  para  reducir  en gran  medida  la  cantidad  de  residuos  que generamos, evitando con ello la contaminación de suelos y la emisión de gases nocivos a la atmósfera.

Que, es muy importante difundir ésta técnica con el fin de generar mayor conciencia en las comunidades urbanas como rurales para aprovechar y mejorar la gestión de residuos en todos los ámbitos de la vida cotidiana.

Que, las acciones locales son el primer paso para producir cambios a escalas nacionales o internacionales, con el propósito de contener los efectos de la crisis del cambio climático y preservar los suelos, el agua y el aire, para nuestra generación y las futuras.

Que, el “aislamiento preventivo, social y obligatorio” dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional en virtud de la Pandemia de COVID 19, nos otorga la oportunidad de difundir y capacitar por medio de las tecnologías disponibles, a un gran número de familias jujeñas para que incorporen las prácticas de compostaje y contribuyan a un desarrollo más sostenible e integral que nos beneficia a todos. Por ello

LA MIINISTRA DE AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Adherir a la Campaña “MES DEL COMPOSTAJE”.-

ARTÍCULO 2°.- Disponer que la Campaña se extienda hasta el 29 de Abril del 2020, inclusive.-

ARTICULO 3°.- Facultar a la Dirección de Educación Ambiental del Ministerio de Ambiente para que realice campañas de difusión y capacitación del manejo del sistema de compostaje, mediante el conocimiento básico de su funcionamiento y de las técnicas más sencilla de elaboración. –

ARTICULO 5°.- Regístrese por Despacho. Publicar el presente acto administrativo por el término de 1 (un) día en el Boletín Oficial y en la página web del Ministerio de Ambiente. Notificar a la Dirección de Educación Ambiental. Cumplido, archívese.-

 

  1. Soc. María Inés Zigaran

Ministra de Ambiente