BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 13/04/20

RESOLUCIÓN Nº 028-D/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2020.-

VISTO:

El Acta de Directorio de fecha 09/04/2020, la Resolución Nº 386-GG/2019, la Resolución Nº 330-D/2019 y la Ley Provincial Nº 5994;

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Ley Provincial Nº 5994 se crea el Banco y se conviene la Carta Orgánica del mismo;

Que mediante la citada Ley, la Provincia de Jujuy (la “Provincia”) le confiere la facultad al Banco de regular, organizar, dirigir, administrar, controlar y explotar los juegos de azar de apuestas y actividades conexas, en sus distintas modalidades, que se desarrollen en la jurisdicción de la Provincia, incluyendo las actividades de juego realizadas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o vía Internet (modalidad de juego online);

Que el Pliego de Bases y Condiciones y sus respectivos Anexos publicado regulará el proceso licitatorio público en cuestión;

Que por medio de la Resolución Nº 330-D/2019 el Banco resolvió: (i) en su artículo 1°, llamar a convocatoria de licitación pública para el otorgamiento de hasta tres (3) licencias para el desarrollo de la actividad de juego online en sus distintas modalidades electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o vía Internet en el ámbito de la Provincia de Jujuy por el plazo de quince (15) años, prorrogables por hasta cinco (5) años; (ii) en su artículo 2°, aprobar las Bases y Condiciones Particulares y sus respectivos Anexos del llamado a Convocatoria que formaba parte como Apéndice I de dicho acto; y (iii) en su Artículo 3º, establecer como fecha, hora y lugar para la recepción de la documentación exigida en el Pliego, el día 07/01/2020 a las 11:00 hs en Casa Central del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E., sito en calle San Martín Nº 1.112, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, momento en el cual también se llevará a cabo la apertura de las propuestas.

Que el Acta de Directorio Nº 033/2019 de fecha 26/12/2019 autorizó: (i) aprobar el otorgamiento de  una prórroga  de los plazos fijados en el Pliego de  Bases y Condiciones Particulares del llamado a Convocatoria y en la Resolución Nº 330-D/2019 para la presentación de propuestas de los potenciales postulantes a los efectos de obtener las licencias de juego on-line, y (ii) la publicación de la presente Resolución con el objeto de hacer saber al público en general la prórroga de los plazos para la presentación de propuestas;

Que la Resolución Nº 386-GG/2019 de fecha 26/12/2019 dispuso aprobar el otorgamiento de una prórroga de los plazos fijados en el pliego de Bases y Condiciones Particulares del llamado a Convocatoria y en la Resolución Nº 330-D/2019 para la presentación de propuestas de los potenciales postulantes a los efectos de obtener las licencias de juego on-line, por el término de 99 días corridos, estableciendo en consecuencia como nueva fecha, hora y lugar para la recepción de la documentación exigida en el Pliego,el día 15 de abril de 2020 a las once (11:00) horas en sede central del Banco de Desarrollo de Jujuy SE, sito en calle San Martín N° 1112 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, momento en el cual también se llevará a cabo la apertura de las propuestas;

Que dado los hechos de público conocimiento relacionados con la pandemia del virus Covid-19 y considerando las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas adoptadas tanto por el Gobierno Nacional y Provincial como por la mayoría de los países del mundo que restringen el acceso a los servicios bancarios nacionales e internacionales, servicios consulares, registros y de traslado aéreo, entre otros, que limitan la libre actuación de los posibles postulantes, con el objetivo de hacer frente a las consecuencias que la pandemia ocasiona y seguirá ocasionando en la economía y la salud pública; es voluntad del Banco ofrecer a los postulantes una extensión del plazo previsto y vías alternativas para hacer llegar sus propuestas.

Que a tales efectos, El Banco requerirá de tiempo para adecuar los sistemas y soportes informativos para poder brindar la seguridad y la transparencia necesaria para que cada postulante pueda realizar la adecuada presentación de la documentación solicitada.

Que para los casos en que fueran debidamente fundados el Banco prevé evaluar las consideraciones que fueran necesarias ante posible inobservancia de la documentación requerida determinando, según corresponda, la modalidad que se implementará para salvar dicha inobservancia;

Que    de   conformidad  con  lo expuesto,  el  presente  acto  se  dicta  en  uso  de   las atribuciones conferidas por el Artículo 17 de la Carta Orgánica del Banco;

Que por consiguiente, y luego de la intervención pertinente del Área de Resguardo de Activos del Banco en la Reunión de Directorio mencionada, resulta conveniente publicar la presente resolución con el objeto de hacer pública la prórroga de los plazos mencionados;

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL BANCO DE DESARROLLO DE JUJUY S.E.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar a los postulantes a presentar sus propuestas y toda la documentación en  un repositorio de información digital (Data Room) que será creado por el Banco para tal fin.  Para acceder a dicho repositorio, los postulantes deberán enviar al correo publicado en el PBC – consultasonline@bdjujuy.gob.ar – un correo electrónico solicitando el alta de usuario y adjuntando el comprobante de pago del Derecho de Participación y la constancia de CUIT del titular del derecho de Participación.  La documentación a presentar deberá ser cargada en el Data Room en formato  PDF con el mismo arreglo que el definido en el Pliego de Bases y Condiciones.-

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el otorgamiento de una extensión del plazo definido por la Resolución Nº 386-GG/2019 hasta el día viernes 15 de mayo de 2020 a 11:00 hs, momento en el cual el Banco comenzará con el análisis de las mismas.  Posteriormente, en la medida que las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional y Provincial fueran disminuidas o levantadas, el Banco comunicará a los postulantes el día y lugar en el que se deberá presentar copias físicas de sus propuestas.-

ARTÍCULO 3º.- Proceder mediante el área Resguardo de Activos del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. a publicar el presente acto en la página oficial del Banco, y en el Boletín Oficial por el término de 3 días.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese.  Gírese a Sindicatura para su toma de razón.  Comuníquese.  Publíquese.  Cumplido, archívese.-

 

Cr. Marcelo Horacio Fernández

Banco de Desarrollo de Jujuy S.E.

Presidente