BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/20

RESOLUCION N° 280-IVUJ/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de marzo de 2020.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 696-S-2020 de fecha 12 de marzo de 2020 en donde se procede a  la DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA POR COVID-19 (CORONAVIRUS) EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y los informes emitidos por el COMITÉ OPERATIVO DE EMRGENCIA (C.O.E.); y

CONSIDERANDO:

Que, lo dispuesto por el Decreto Acuerdo N° 696-S-2020, y todas las medidas adoptadas por el COMITÉ OPERAATIVO DE EMERGENCIA (C.O.E.), dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia a los efectos de prevenir el COVID-19 (CORONAVIRUS), en resguardo de la seguridad y la salud pública de los habitantes de la provincia.-

Que, el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy es integrante del C.O.E., lo que hace que las decisiones y lineamientos emitidos por el mismo deben ser acatados de manera obligatoria.-

Que, una de las decisiones emitidas por el mentado comité es la colaboración por parte de los organismos autárquicos integrantes del C.O.E., entre ellos el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, de personal y de vehículos que forman parte del parque de automotores del mismo.-

Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas por Decretos-Leyes N° 3354/74 y 4024/83, ratificados por art. 23 de la Ley N° 4133/84.-

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO  DE JUJUY

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- DISPONER la afectación de las unidades TOYOTA HILUX, 4X2, Dominio OLH 368 y TOYOTA HILUX 4X2, Dominio FPD-187 al COMITÉ OPERATIVO DE EMRGENCIA (C.O.E.), hasta la finalización de la presente EMERGENCIA SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA POR COVID-19 (CORONAVIRUS), de conformidad con las consideraciones vertidas en el exordio de la presente.-

ARTICULO2°.- DISPONER, que por medio de la División Intendencia del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, se proceda a la afectación del personal de intendencia (choferes) para ser afectados en forma rotativa al manejo de las  unidades del parque automotor perteneciente el Instituto de Vivienda y  Urbanismo de Jujuy los que quedan a disposición del mentado comité.-

ARTICULO 3°.- REGISTRESE, comuníquese, notifíquese a los interesados y a los departamentos, divisiones y/u oficinas intervinientes. Cumplido, archívese el original de la presente.-

 

Lic. Gustavo Ricardo Muro

Presidente